Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-06-2009

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090605-0061

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

1861 Orden 341/2009, de 27 de mayo, por la que se convocan para el año 2009 las subvenciones destinadas a entidades que, careciendo de ánimo de lucro, realicen actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de actividades taurinas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 226/1995, de 17 de agosto, por el que se establece la dependencia orgánica y se definen la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, y se aprueban las normas de organización y funcionamiento, encomienda al citado Centro en su artículo 2.f) las funciones de colaboración con las asociaciones profesionales y peñas taurinas de aficionados que promocionen actividades taurinas dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.

Mediante el Decreto 42/2009, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la denominación y competencias de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y de la Consejería de Economía y Hacienda, se adscribe el Centro de Asuntos Taurinos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

Para dar impulso, desarrollar y fomentar la fiesta de los toros, consustancial a nuestra cultura, la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportes y Portavocía del Gobierno, a través del Centro de Asuntos Taurinos, lleva a cabo una serie de acciones que tienen como finalidad la difusión y divulgación de los espectáculos taurinos en el área de su actuación, que si bien se concentra principalmente en la capital, como titular de la Plaza de Toros de Las Ventas, no pueden serle ajenas otras actuaciones que se realicen en el ámbito de actuación de la Comunidad de Madrid, fomentando actividades de los particulares que coadyuven a la satisfacción de los intereses públicos.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y demás disposiciones aplicables, y a tenor de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad,

DISPONGO

Convocar ayudas para el ejercicio 2009 destinadas a entidades de la Comunidad de Madrid que, careciendo de ánimo de lucro, realicen actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de actividades taurinas con el fin de potenciar al máximo la fiesta de los toros en el ámbito de aquella. La convocatoria se realiza con arreglo a lo dispuesto en los siguientes apartados:

Primero

Régimen jurídico

Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid que realicen actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de actividades taurinas han sido aprobadas por Orden 230/2008, de 12 de mayo, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 130, de fecha 2 de junio de 2008).

Segundo

Requisitos de los beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de la subvención aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en la base tercera de las bases reguladoras.

Tercero

Plazo de presentación

Las solicitudes de ayudas, cuyo modelo figura como Anexo I de la Orden 230/2008, de 12 de mayo, se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A la solicitud se acompañará la documentación relacionada en la base séptima de las bases reguladoras.

Cuarto

Importe de las ayudas

El importe total previsto para esta convocatoria asciende a 150.000 euros, consignado en el subconcepto 48090 del programa 093 del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Procedimiento y órganos de instrucción y resolución

El procedimiento y los órganos de instrucción y resolución son los establecidos en las bases octava y décima de las bases reguladoras de estas subvenciones.

Sexto

Plazo de resolución y notificación

El plazo de resolución y notificación se recoge en la base décima de las bases reguladoras de estas subvenciones.

Séptimo

Criterios de valoración

Los criterios de valoración son los establecidos en la base décima de las bases reguladoras.

Octavo

Pago y justificación de la ayuda concedida

El pago de la subvención concedida se tramitará previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió, de acuerdo con lo establecido en la base undécima de las bases reguladoras.

El plazo de justificación del gasto subvencionado finalizará el día 15 de octubre de 2009, salvo que se indique otro plazo en la Orden de concesión de las subvenciones.

La documentación acreditativa del cumplimiento de la finalidad de la subvención, en original o en copia compulsada, acompañada del Anexo III de la Orden 230/2008, de 12 de mayo, deberá ser remitida al Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid para justificar el gasto.

Noveno

Impugnación

Contra la Orden que resuelva esta convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deportes y Portavoz del Gobierno, o directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Efectos y publicación

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de mayo de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura
 y Deporte y Portavoz del Gobierno,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/18.175/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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