Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0141

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.520 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ioan Lenguea, contra don Antolín Moro Canal e “IPM Montajes e Impermeabilizaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 25 de febrero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 66 de 2009

En Madrid, a 25 de febrero de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.520 de 2008, sobre despido, en los que han sido partes: como demandante, don Ion Lenguea, asistido por la letrada doña Mónica Serrano Ballesteros, y como demandados, la empresa “IPM Montajes e Impermeabilizaciones, Sociedad Limitada”, y don Antolín Moro Canal, que no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Ioan Lenguea, con número de identificación de extranjería X-4299625-M, contra “IPM Montajes e Impermeabilizaciones, Sociedad Limitada”, y don Antolín Moro Canal, debo declarar y declaro nula la decisión extintiva del nexo laboral aquí enjuiciada, de la que fue objeto el actor el día 10 de octubre de 2008 y extinguida la relación laboral que unía al demandante con la empresa demandada con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando a los demandados, solidariamente, a que abonen al actor una indemnización en cuantía de 17.850 euros, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de esta sentencia, lo que asciende a la cantidad de 8.792,76 euros, haciendo un total de 26.642,76 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación, anunciándolo ante este Juzgado.

Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación, un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Antolín Moro Canal e “IPM Montajes e Impermeabilizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.317/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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