Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0102

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 42 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro José Navarro Cuevas, contra la empresa “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de extinción de la relación laboral de fecha 6 de mayo de 2009:

Comparecencia.—En Madrid, a 6 de mayo de 2009.

Ante mí, la secretaria, comparece, en representación de la parte demandante don Pedro José Navarro Cuevas, el letrado don Antonio García Stuyck, colegiado número 51.202, según copia de poder que obra unida a las actuaciones, no compareciendo la parte demandada en las presentes actuaciones, “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, a pesar de ser citada en legal forma.

La parte actora se ratifica en su escrito de fecha 16 de febrero de 2009, en el cual instaba la ejecución del fallo de la sentencia, haciendo constar igualmente que el trabajador sigue trabajando y con la nómina que ya constaba en el momento del juicio y que fue recogido según fundamento cuarto de la sentencia.

Leída y hallada conforme la firma el compareciente, después de mí, la secretaria judicial, de lo que doy fe.

Auto

En Madrid, a 6 de mayo de 2009.

Su señoría por ante mí, la secretaria, dijo: Que debía declarar y declaraba extinguida, con esta fecha, la relación laboral entre don Pedro José Navarro Cuevas, y la empresa “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad en concepto de indemnización, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta la de la presente resolución a razón de los declarados probados en aquella y por importe de:

Indemnización: 10.193,18 euros, resultado del cálculo de cuarenta y cinco días de salario diario que según el fallo de la sentencia era de 106,27 euros, con una antigüedad desde el 19 de marzo de 2007 con lo que transcurren setecientos setenta y ocho días. (45 ´ 106,27 ´ 778 : 365 = 10.193,18 euros).

Salario de tramitación: dado el fundamento cuarto de la sentencia que fija los períodos y el cómputo según la diferencia salarial existente entre la nueva empresa en la que sigue trabajando el trabajador y la mercantil demandada quedarían fijados en las siguientes cuantías:

Del 14 al 19 de noviembre transcurren cinco días por 106,27 euros/día, igual a 531,36 euros.

Del 20 de noviembre al 1 de enero de 2008, a un salario diario de 41,82 euros/día, según fundamento cuarto de la sentencia, 1.714,62 euros.

Durante el año 2009 hasta el día de hoy transcurren ciento veintiséis días por 41,82 euros/día, igual a 5.269,32 euros.

Total salarios de tramitación: 7.515,29 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.252/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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