Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0136

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 71 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel de Fátima Fortes, don Antonio García García, don Mariano Horrillo Dora­do, don Oleksandr Buynowskyy, don Bohdan Fitsyk, don Anton Korin y don Abdelhamid Abdel Salm Abdel Kawi, contra la empresa “Cañorojo Promociones Urbanas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 4 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar la ejecución solicitada por don Manuel de Fátima Fortes, don Antonio García García, don Mariano Horrillo Dorado, don Oleksandr Buynowskyy, don Bohdan Fitsyk, don Antón Korin y don Abdelhamid Abdel Salam Abdel Kawi, contra “Cañorojo Promociones Urbanas, Sociedad Limitada”, por un principal de 29.219,64 euros, más 2.045,37 euros en concepto de intereses provisionales y 2.921,96 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten.

c)  Dirigir los correspondientes despachos a los pertinentes organismos y Registros Públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en Banesto, con número 2515, sito en calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese a la misma esta resolución por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cañorojo Promociones Urbanas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.939/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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