Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0161
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 35 DE MADRID EDICTO Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado, a instancias de don Ronny Alberto Palacios Valencia, don Stalin Robert Mosquera Canga, don José Gabino Granda Banchón, don César Sánchez Izquierdo, don Danny Milton Espinoza Pérez, don José Rafael Ascencio Pérez, don José del Carmen Asencio Gonzabay, y don Herny Martín Ferrada García contra “Espinoza y Ponce Montaje y Andamios, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registrado con el número 1.334 de 2008 y acumulados se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente: Sentencia número 119 de 2009 En Madrid, a 10 de marzo de 2009.—Vistos por el ilustrísmo señor magistrado-juez de lo social número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos D-1334/ 2008 y acumulados 1346/2008, 1347/2008, 1348/2008, 1349/2008, 1350/2008, 1351/ 2008 y 1352/2008, seguidos a instancia de don Ronny Alberto Palacios Valencia, don Stalin Robert Mosquera Canga, don José Gabino Granda Banchón, don César Sánchez Izquierdo, don Danny Milton Espinoza Pérez, don José Rafael Ascencio Pérez, don José del Carmen Asencio Gonzabay y don Herny Martín Ferrada García, y de la otra, como demandada, “Espinoza y Ponce Montaje y Construcción, Sociedad Limitada”, representada por doña Míriam Josefina Pérez Granda, en reclamación sobre cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente Fallo Que estimando como estimo la demanda de los actores que a continuación se citan contra “Espinoza y Ponce Montaje y Construcción, Sociedad Limitada”, por cantidad, debo condenar y condeno a la demandada al pago a cada uno de ellos de las siguientes cantidades netas: A don Ronny Alberto Palacios Valencia: 2.846,26 euros. A don Stalin Robert Mosquera Canga: 4.165,83 euros. A don José Gabino Granda Banchón: 3.536,84 euros. A don César Sánchez Izquierdo: 1.257,12 euros. A don Danny Milton Espinoza Pérez: 3.646,56 euros. A don José Rafael Ascencio Pérez: 4.443,05 euros. A don José del Carmen Asencio Gonzabay: 3.049,40 euros. A don Herny Martín Ferrada García: 1.388,55 euros. Cantidades que se incrementarán en un 10 por 100 de mora. Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante, al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2808/0000/00/1334/08, en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Espinoza y Ponce Montaje y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. En Madrid a 24 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/14.603/09) |