Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0101

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 3
DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 257 de 2008 se ha presentado recurso de apelación de fecha 23 de octubre de 2008 y providencia por la que se admite el recurso de fecha 3 de noviembre de 2008 que dicen:

El fiscal, despachando el traslado conferido de la sentencia dictada en el presente juicio de faltas, interpone recursos de apelación contra la misma, toda vez que es absolutoria y, por ello, no puede obligar al pago de cantidad alguna al denunciado a favor del perjudicado, sin perjuicio de las acciones civiles que pudieran corresponder a este último.

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña María del Carmen Martínez Ruiz.—En Coslada, a 3 de noviembre de 2008.

Por presentado el anterior escrito por el ministerio fiscal, únase a los autos; se tiene por interpuesto en tiempo y forma recurso de apelación contra la sentencia dictada, el cual se admite a trámite. Dese traslado del mismo a las demás partes personadas por el plazo común de diez días a fin de que si lo estiman conveniente presenten escrito de impugnación o adhesión, y una vez transcurrido dicho plazo, elévense los presentes autos a la Audiencia Provincial, con todos los escritos presentados.

Lo que así se propone y firma.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don César Santiago Redondo Ávila y don Kondo Marak, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 20 de abril de 2009.—El secretario (firmado).

(03/14.037/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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