Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0225

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 154 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Moya García, contra doña Rosario Judith Quezada Villanueva, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 27 de octubre de 2008, auto de fecha 16 de diciembre de 2008, providencia de fecha 26 de febrero de 2009 y providencia de fecha 9 de marzo de 2009 del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor don José Ángel Folguera Crespo.— En Madrid, a 27 de octubre de 2008.

Dada cuenta; a la vista de la demanda presentada del letrado don David Moya García, en reclamación de honorarios profesionales, contra doña Rosario Judith Quezada Villanueva, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a la misma para que en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución consigne 85,60 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2803/0000/64/
1369/08 abierta por este Juzgado en “Banesto”, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare oposición.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Parte dispositiva:

En su virtud, visto el precepto citado, y demás de general y pertinente aplicación, dispongo:

a)  Despachar ejecución a instancias del letrado don David Moya García, contra doña Rosario Judith Quezada Villanueva, por la cantidad de 85,60 euros.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de doña Rosario Judith Quezada Villanueva que se hallen en su domicilio de la calle Luis Marín, número 12, primero derecha, de Madrid, librando a tal fin testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el mismo de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuera, el auxilio de las fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Providencia

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor don José Ángel Folguera Crespo.—En Madrid, a 26 de febrero de 2009.

Dada cuenta; la anterior diligencia, y examinado el procedimiento, se observa que la anterior notificación de resolución de fecha 27 de octubre de 2009 fue entregada a la ejecutada doña Rosario Judith Quezada Villanueva en el domicilio que consta en las actuaciones y recogida por la misma, por lo que reitérese por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos dicha diligenci ade notificación y embargo en el domicilio expresado, sirviendo testimonio de la presente resolución de mandamiento en legal forma.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Providencia

Magistrado-juez de lo social, ilustrísiom señor don José Ángel Folguera Crespo.—En Madrid, a 9 de marzo de 2009.

Dada cuenta; y vistas las actuaciones, se acuerda el embargo sobre el salario o retribución de cualquier otra naturaleza que de la empresa “Eulen Servicios Sociosanitarios, Sociedad Anónima”, perciba doña Rosario Judith Quezada Villanueva, apremiada en las presentes actuaciones, por un importe suficiente a cubrir principal, intereses y costas provisionales; por lo que requiérase a la referida empresa, bajo su personal responsabilidad, para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional; debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo.

Adviértase:

a)  Que el pago que, en su caso, se hiciere a la apremiada no sería válido (artículo 1.165 Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b)  De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículo 257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio).

Notifíquese la presente resolución al ejecutante, posponiendo su notificación a la ejecutada hasta tanto sea efectiva la traba de lo embargado y a fin de asegurar su efectividad (artículo 53.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Rosario Judith Quezada Villanueva, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.475/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0225