Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090506-0337

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 973 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abderrahim Kilani, contra la empresa “Mirabo Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 126 de 2009

En Madrid, a 1 de abril de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto el presente procedimiento número 973 de 2008, seguido entre partes, como demandante don Abderrahim Kilani, mayor de edad y con número de identificación de extranjería que consta en autos, asistido de la letrada doña María Lázaro García, y como demandada “Mirabo Estructuras, Sociedad Limitada”, la cual no comparece al acto de juicio, no obstante estar citada en legal forma, versando los autos sobre reclamación de cantidad. Dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey, en base a los siguientes. Tampoco comparece el Fondo de Garantía Salarial, estando citado también en legal forma.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por don Abderrahim Kilani, contra “Mirabo Estructuras, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar al actor la suma de 3.260,11 euros, más el 10 por 100 de interés moratorio. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pueda alcanzar al Fondo de Garantía Salarial respecto de los conceptos salariales, a cuyo pago se condena a la demandada y para caso de insolvencia de ésta.

Notifíquese la presente sentencia a las partes litigantes, haciendo saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación.

Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, en el “Banesto”, sucursal número 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mirabo Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.125/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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