Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090506-0286
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.257 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Cortes Sánchez, don Alberto Bermejo Martínez, don Sergio Bermejo Martínez, don Nicomedes Conde Real, don Viorel Balanescu, don Svilen Kalinov Spirdonov, don Merardo Gálvez Henao, don Otoniel Gutiérrez Díaz, don Gabriel Monroy González, don Alberto Romo Marín, don Abdellah Jiah y don Marinel Nechita, contra las empresas “Construcciones y Ferraya Anbel, Sociedad Limitada”, “Construcciones Littman III, Sociedad Limitada”, y “Imaga Proyectos y Construcciones, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Juan Manuel Cortés Sánchez, don Alberto Bermejo Martínez, don Sergio Bermejo Martínez, don Nicomedes Conde Real, don Viorel Balanescu, don Svilen Kalinov Spirdonov, don Merardo Gálvez Henao, don Otoniel Gutiérrez Díaz, don Gabriel Monroy González, don Alberto Romo Marín, don Abdellah Jiah y don Marinel Nechita, contra las empresas “Construcciones y Ferraya Anbel, Sociedad Limitada”, “Construcciones Littman III, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, de fecha 5 de septiembre de 2008, debiendo indemnizar las empresas demandadas a los demandantes en las siguientes cantidades: A don Juan Manuel Cortés Sánchez: 10.486,87 euros. A don Alberto Bermejo Martínez: 6.174,96 euros. A don Sergio Bermejo Martínez: 4.476,67 euros. A don Nicomedes Conde Real: 11.174,48 euros. A don Viorel Balanescu: 7.506,50 euros. A don Svilen Kalinov Spirdonov: 7.970,40 euros. A don Merardo Gálvez Henao: 1.495,38 euros. A don Otoniel Gutiérrez Díaz: 2.832,08 euros. A don Gabriel Monroy González: 8.549,21 euros. A don Alberto Romo Marín: 4.176,87 euros. A don Abdellah Jiah: 5.177,28 euros. A don Marinel Nechita: 3.158,48 euros. Declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, todo ello con la responsabilidad que en su caso y dentro de los límites legales corresponda al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Ferraya Anbel, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Littman III, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de marzo de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/12.091/09) |