Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090428-0271

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Decreto 51/2009, de 17 de marzo, relativo al nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; artículo 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 y disposiciones concordantes,

DISPONGO

Primero.—Nombrar a los siguientes concejales como miembros de la Junta de Gobierno Local a:

— Don Miguel A. Asenjo Grande.

— Don Manuel Cercadillo Toledo.

— Doña Amalia Guillén Sanz.

— Doña Olga Carmona Cabezón.

— Don Alejandro Daganzo García.

— Doña María Pino de Juana.

Segundo.—Establecer la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, de periodicidad semanal, los jueves a las nueve y treinta horas. Si fuere festivo, se trasladará al siguiente día hábil.

Tercero.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias delegadas por esta Alcaldía o por el Pleno municipal, que se mantienen en virtud de lo dispuesto en el artículo 114.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986: “las delegaciones del Pleno en el alcalde o en la Comisión de Gobierno, y las del alcalde, en esta última, no quedarán revocadas por el mero hecho de producirse un cambio en la titularidad de la Alcaldía o en la composición concreta de la Comisión de Gobierno”:

Delegaciones del Pleno:

1.  Atribuciones del artículo 22.2.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: el ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias competencia plenaria (acuerdo plenario de 2 de abril de 1992 y bases de ejecución del presupuesto de 2006).

2.  Atribuciones del artículo 22.2.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: la declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento (bases de ejecución del presupuesto de 2006).

3.  Atribuciones del artículo 22.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: la concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios de presupuesto (salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior); todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (bases de ejecución del presupuesto de 2006).

4.  Atribuciones del artículo 22.2.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: la aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos (acuerdo plenario de 3 de julio de 1996 y bases de ejecución del presupuesto de 2006).

5.  Atribuciones del artículo 22.2.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: la adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 3.000.000 de euros, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:

1. Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el presupuesto.

2. Cuando estando previstas en el presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones de bienes (acuerdo plenario de 3 de julio de 1996 y bases de ejecución del presupuesto de 2006).

6. Atribuciones del artículo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril: las demás que expresamente le confieran las leyes bases de ejecución del presupuesto de 2006).

7. La competencia recogida en el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004: el establecimiento o modificación de los precios públicos (acuerdo plenario de 3 de julio 1996 y bases de ejecución del presupuesto de 2006).

8. La competencia recogida en el artículo 88 del Real Decreto 500/1990: la autorización y disposición de los gastos plurianuales (bases de ejecución del presupuesto de 2006).

Delegaciones del alcalde:

1.  Mediante decreto de Alcaldía número 238/2006, de 2 de octubre: las atribuciones relativas a la aprobación de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización a que se refiere el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2.  Mediante el presente decreto de 17 de marzo de 2009: la aprobación de los convenios a suscribir con otras Administraciones Públicas o con ciudadanos.

3.  Mediante el presente decreto de 17 de marzo de 2009: la aprobación de las inscripciones de las asociaciones vecinales en el Registro Municipal de Asociaciones.

4.  Mediante el presente decreto de 17 de marzo de 2009: las encomiendas a la empresa municipal “Fomento y Desarrollo Municipal, Sociedad Anónima”.

Tercero.—Notificar personalmente el presente decreto a los nombrados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, y a publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de este decreto.

Cuarto.—Dar cuenta de este decreto al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Lo manda y firma en Arganda del Rey el alcalde-presidente, Pablo J. Rodríguez Sardinero, a 17 de marzo de 2009.

Arganda del Rey, a 31 de marzo de 2009.—El alcalde-presidente, Pablo J. Rodríguez Sardinero.

(03/11.691/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090428-0271