Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090423-0068

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

Exposición al público de la matrícula del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del año 2009.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 20 de abril de 2009, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del año 2009.

Se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (plaza del Tejar, número 8) durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarla.

En el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el acto.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al fraccionamiento acordado por decreto de Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de enero de 2009 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 11 de febrero de 2009, abarca los siguientes períodos de cobro:

— Primer plazo: del 1 de mayo al 30 de junio de 2009.

— Segundo plazo: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2009.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 20 de abril de 2009.—El concejal-delegado de la Junta de Gobierno Local, Salomón Matías Matías.

(02/4.903/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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