Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-04-2009

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090401-0001

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Celia Redondo González, secretaria judicial accidental de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en este Tribunal, y bajo el número 524 de 2007, se tramita recurso de apelación dimanante del procedimiento ordinario número 72/2005, seguido ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 18 de los de Madrid, siendo la parte recurrente la “Confederación de Asociaciones Empresariales Mercamadrid, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Aguilar Fernández, contra el Ayuntamiento de Madrid y la Entidad “Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, Sociedad Anónima” (“Mercamadrid, Sociedad Anónima”), representada por el procurador señor Pinilla Romeo, en el que se ha dictado resolución de esta fecha, por la que se acuerda la publicación por edictos de la sentencia dictada en el presente recurso, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal que prosigue:

Sentencia número 1.859

Ilustrísimos señores: presidente, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez; magistrados, doña Elvira A. Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, don Francisco Javier Canabal Conejos, doña Sandra González de Lara Mingo y don Marcial Viñol y Palop.—En Madrid, a 6 de noviembre de 2007.

Visto por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituido en Sección por los señores anotados al margen, el recurso de apelación que con el número 524 de 2007 ante la misma pende de resolución, interpuesto por la “Confederación de Asociaciones Empresariales de Mercamadrid, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Ignacio Aguilar Fernández y asistida del letrado don Manuel López Pérez, contra la sentencia número 5, de fecha 11 de enero de 2007, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 18 de los de Madrid, en el procedimiento ordinario seguido ante el mismo con el número 72 de 2005, contra el decreto del consejero-delegado del Gobierno de Economía y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de fecha 9 de marzo de 2005, por el que se aprueba la modificación de las tarifas de acceso, estacionamiento y pesaje en las unidades alimentarias de “Mercamadrid”, siendo parte apelada el Ayuntamiento de Madrid, representado por la letrada consistorial doña Aurora Rivas Sas, y “Mercamadrid, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Federico Pinilla Romeo y asistido del letrado don Pedro E. Escudero de Isidro.

Fallo

Que debemos estimar y estimamos el presente recurso de apelación número 524 de 2007, interpuesto por la Confederación de Asociaciones Empresariales de “Mercamadrid, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Ignacio Aguilar Fernández y asistida del letrado don Manuel López Pérez, contra la sentencia número 5, de fecha 11 de enero de 2007, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 18 de los de Madrid, en el procedimiento ordinario seguido ante el mismo con el número 72 de 2005, que se revoca, y, en consecuencia, debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo contra el decreto del consejero-delegado de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de fecha 9 de marzo de 2005, por el que se aprueba la modificación de las tarifas de acceso, estacionamiento y pesaje en las unidades alimentarias de “Mercamadrid”, por no ajustarse a derecho, y todo ello sin expresa imposición de las costas causadas en esta alzada al apelante.

Y para que así conste y sirva de notificación a cuantos pudiera interesar para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente que firmo en Madrid, a 4 de abril de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/14.588/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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