Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0148

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 752 de 2008 y número 753 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Gherghina Calin, Carmela Cojocea Calin y María Elena Cojocea Calin, contra las empresas “Aleksander Smiech Sommos” y “Concep, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 43 de 2009

En Madrid, a 5 de febrero de 2009.—Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre las partes: de una y como demandante, doña Gherghina Calin, en nombre y representanción de sus hijas menores, Carmela Cojocea Calin y María Elena Cojocea Calín, y de otra, como demandadas, “Aleksander Smiech Sommos” y “Concep, Sociedad Anónima”, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Gherghina Calin, en nombre y representanción de sus hijas menores, Carmela Cojocea Calin y doña María Elena Cojocea Calín, contra “Aleksander Smiech Sommos” y “Concep, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a las demandadas al abono de forma solidaria a las demandantes de la cantaidad de 1.348,56 euros, la que debengará el interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como al abono también solidario de la cantidad de 43.000 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2525 que tiene abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, código postal 28020 de Madrid (código de entidad 0030, código oficina 1143), haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año.

Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150.25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aleksander Smiech Sommos” en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.999/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0148