Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0097
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio verbal número 605 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 21 de enero de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez de primera instancia del número 29 de los de Madrid, los autos de relaciones paterno filiales seguidos en este Juzgado al número 605 de 2007, a instancias de doña Bertha Luz Milagros Torres Brousset Santisteban, representada por el procurador señor Pajares Moral, contra don Hugo Aquino Ascencio Ávalos, declarado en situación procesal de rebeldía, y siendo parte el ministerio fiscal. Fallo Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación de doña Bertha Luz Milagros Torres Brousset Santisteban, contra don Hugo Aquino Ascencio Ávalos, procede acordar que las relaciones paterno filiales se rijan por las siguientes medidas: 1. El hijo menor de edad quedará en compañía y bajo la custodia de la madre, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores. 2. No procede establecer pensión por alimentos ni régimen de visitas. 3. No se hace expreso pronunciamiento en costas. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Hugo Quino Ascencio Ávalos, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 2 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado). (03/7.689/09) |