Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090310-0106

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

HUMANES DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Que el expediente tramitado para la aprobación inicial de la modificación del artículo 41 de la vigente ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión del día 29 de octubre de 2008, fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de fecha 4 de diciembre de 2008 y expuesta al público desde el 5 de diciembre de 2008 hasta el 21 de enero de 2009 (ambos inclusive).

Transcurrido el período de tiempo comprendido entre los días 5 de diciembre de 2008 al 21 de enero de 2009, ambos inclusive, no se ha producido reclamación alguna.

Así pues, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión anteriormente mencionada, la modificación del artículo 41 de la vigente ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales, de Humanes de Madrid, ha sido definitivamente aprobada, quedando el artículo 41 de esta ordenanza en los términos siguientes:

“Art. 41.  Los perros solo podrán estar sueltos en zonas acotadas para ello.”

En Humanes de Madrid, a 25 de febrero de 2009.—El alcalde, Adolfo Álvarez Sojo.

(03/6.233/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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