Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0098

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 169 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Upa Cadumbel, contra la empresa “Armaduras y Montajes Fercos, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado con fecha 5 de febrero de 2009 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda el embargo y precinto del vehículo propiedad de la apremiada “Armaduras y Montajes Fercos, Sociedad Limitada”, que a continuación se describe, con los datos de identificación conocidos:

Matrícula: E2722BDC.

Marca: “Suzuki”.

Modelo: LT Z400.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: JSAAK47A052119354.

Fecha de la matriculación: 9 de mayo de 2005.

Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

La anterior resolución es ejecutiva.

Expido el presente para que tenga lugar lo ordenado y:

a)  Se practique el asiento que corresponda relativo al embargo acordado.

b)  Se expida certificación de haberlo hecho.

c)  De la titularidad del bien.

d)  En su caso, certificación de cargas y gravámenes; y

e)  Se comunique a este Juzgado, la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Armaduras y Montajes Fercos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.362/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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