Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-03-2009

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0041

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

712 Orden de 11 de febrero de 2009, por la que se convoca la Cuarta Edición de los Premios a la Mejor Instalación Solar Térmica y Mejor Instalación Solar Fotovoltaica en la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid tiene atribuidas competencias en materia de ahorro y eficiencia energética y fomento del uso de energías renovables, a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, según lo dispuesto en los artículos 26.1.1.11 y 26.3.1.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo (actualmente Consejería de Economía y Hacienda), y de conformidad con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 115/2008, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, todo ello en relación con el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de Transferencias en Materia de Industria, Energía y Minas a la Comunidad de Madrid.

Dichos premios que se convocan, en esta cuarta edición, suponen un reconocimiento y apoyo a las actuaciones encaminadas a garantizar el desarrollo eficaz de las energías renovables y fomentar el ahorro energético en la Comunidad de Madrid, al objeto de conseguir que el desarrollo económico y social se haga de una forma cada vez más respetuosa con el medio ambiente, acercándose a los objetivos de un desarrollo sostenible.

Se trata, asimismo, de potenciar la concienciación social sobre el uso de energías alternativas que reduzcan la dependencia energética de la Comunidad de Madrid respecto de las energías convencionales.

En virtud de lo expuesto y en uso de las competencias que tiene atribuidas esta Consejería de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Primero

Objeto

1.  La presente Orden tiene como objeto convocar la Cuarta Edición de los Premios a la Mejor Instalación Solar Térmica y Mejor Instalación Solar Fotovoltaica en la Comunidad de Madrid, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por medio de la Orden 4246/2007, de 28 de diciembre, de la Consejería de Economía y Consumo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de enero de 2008, y corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de febrero de 2008), con el fin de estimular y promocionar el uso de la energía solar en la región, así como la actitud innovadora de las personas, empresas e instituciones que hacen uso de la misma.

2.  Podrán participar en la presente convocatoria las instalaciones que se hayan realizado durante los años 2007 y 2008.

Segundo

Solicitantes

Podrán participar en la presente convocatoria todas aquellas personas físicas o jurídicas que sean titulares de un sistema solar térmico o fotovoltaico de producción de energía en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, instalado durante el plazo indicado en el apartado primero de la presente convocatoria y que no hayan obtenido, para la misma instalación, ningún otro premio de la misma naturaleza local, regional, nacional o internacional.

Tercero

Formalización y presentación de candidaturas

1.  Las candidaturas se presentarán en el Registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, Edificio F4, de Madrid), en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, o de los Ayuntamientos que han firmado el Convenio de Ventanilla Única o en cualquier otro medio previsto en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.  El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria.

3.  Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación del modelo de impreso que figura como Apéndice de la presente Orden firmadas por el titular o representante legal, que deberá ir acompañado de originales o copias compulsadas de la documentación estipulada en el artículo 4.3 de las bases reguladoras de los Premios a la Mejor Instalación Solar Térmica y Mejor Instalación Solar Fotovoltaica en la Comunidad de Madrid.

4.  La ordenación e instrucción de las candidaturas corresponderá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Cuarto

Resolución y notificación

1.  El Consejero de Economía y Hacienda, de conformidad con la propuesta del Jurado que se elevará a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, resolverá la presente convocatoria mediante Orden. El Jurado estará compuesto y evaluará las candidaturas de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 de las bases reguladoras de los los Premios a la Mejor Instalación Solar Térmica y Mejor Instalación Solar Fotovoltaica en la Comunidad de Madrid.

2.  Esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se notificará a los galardonados y se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación.

3.  La notificación y la publicación de la resolución se realizará en el plazo máximo de nueve meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los actos administrativos que deriven de la presente convocatoria podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 11 de febrero de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,
 ANTONIO BETETA BARREDA

(03/5.731/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0041