Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090220-0027

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CHAPINERÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

No habiendo podido notificarse mediante correo certificado con acuse de recibo las providencias de apremio por causas no imputables a esta Administración Local y relativas a los sujetos pasivos, obligados tributarios o representantes (y cónyuges, en su caso) que se citan seguidamente, se procede a citar a los mismos mediante el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para ser notificados en su presencia y darles conocimiento del contenido íntegro del acto, según establece el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 18 de diciembre, General Tributaria. Al efecto se comunican los siguientes extremos:

1.  Las notificaciones pendientes de realizar son las relativas a la comunicación de las providencias de apremio dictadas por el señor tesorero municipal de este Ayuntamiento, referidas a deudas pendientes por diversos conceptos y ejercicios tributarios, y a providencias y notificaciones de apremio.

2.  Los interesados de las citadas diligencias pendientes de notificar son los que seguidamente se relacionan.

3.  El procedimiento que las motiva es el de apremio administrativo, tramitado de acuerdo a la Ley 58/2003, General Tributaria; Real Decreto 2/2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y Real Decreto 939/2005, Reglamento General de Recaudación.

4.  El órgano responsable de su tramitación es el Ayuntamiento de Chapinería (Madrid).

5.  El lugar en que los interesados deberán comparecer para ser notificados es el Ayuntamiento de Chapinería (Madrid), Recaudación Municipal, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

6.  El plazo para comparecer será de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En Chapinería, a 28 de enero de 2009.—El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.

(02/1.609/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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