Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0087

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 127 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Benjamín Antonio Merino Merino, contra las empresas “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, “I Sindin, Sociedad Limitada”, “Agrupación Sindin, Sociedad Limitada”, “Construcciones Sindin 2007, Sociedad Limitada”, y “Garcalsin, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que las entidades bancarias “Caja de Madrid”, “Caja de Ahorros de Salamanca y Soria”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Santander”, “Barclays Bank”, “Banco Popular”, “Caja de Ahorros de Castilla La Mancha”, “Caja de Ahorros de Guadalajara”, “Caja de Ahorros de Granada”, “Banco Pastor” y “Banco de Sabadell”, respecto de la empresa “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”; “Banco Pastor”, “Caixanova”, “La Caixa”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Caja de Ahorros de Granada”, “Cajamar”, “Banco Santander”, “Banco Popular”, “Banco Guipuzcoano” y “Caja España de Inversiones”, respecto de la empresa “Agrupación Sindin, Sociedad Limitada”; “Banco Pastor” y “La Caixa”, respecto de la empresa “Construcciones Sindin 2007, Sociedad Limitada”; Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha”, “Caja de Ahorros de Granada”, “La Caixa”, “Banco de Santander”, “Banco Guipuzcoano”, “Banco Pastor” y “Banco de Sabadell”, respecto de la empresa “Garcalsin, Sociedad Limitada”, y “Banco Popular”, “La Caixa”, “Caja de Ahorros de Granada”,”Caja de Ahorros de Vitoria y Álava”, “Caixanova”, “Banco de Santander”, “Barclays Bank”, “Banco Popular”, “Banco Guipuzcoano”, “Banco Pastor y “Banco de Sabadell”, respecto de “I. Sindin, Sociedad Limitada”; actúen como depositarias o meras intermediarias hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Líbrense las oportunas comunicaciones para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación del extracto de la cuenta corriente, de la cartilla u otros análogos que pudieran tener las ejecutadas a la fecha.

Y adviértase:

a)  Que el pago que, en su caso, hicieran a las demandadas no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada les libera de toda responsabilidad frente a las acreedoras.

b)  Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral).

c)  De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.060/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0087