Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090204-0002

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Manzanares el Real, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2008, acordó:

Primero.—Aprobar el expediente de reducción de gastos del presupuesto vigente mediante baja por anulación de créditos con el fin de mantener el equilibrio presupuestario y la imagen fiel de los estados contables, ante el conocimiento fehaciente de que no se va a recibir un ingreso inicialmente presupuestado y que financiaba gasto corriente, de acuerdo al siguiente detalle:

Segundo.—Informar que contra su aprobación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tercero.—Que la modificación presupuestaria sea ejecutiva desde el momento de su aprobación inicial, en virtud de lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto aprobado para 2008, que en su artículo 10 determina que cuando la causa del expediente fuera la calamidad pública u otras de excepcional interés general, o bien cuando así lo considere el Pleno de la Corporación, la modificación presupuestaria será ejecutiva desde la aprobación inicial y, en consecuencia, a partir de este momento podrá aplicarse el gasto.

Este artículo 10 es aplicable a la presente modificación de bajas por anulación según lo dispuesto en el artículo 15 de las mencionadas bases de ejecución del presupuesto para 2008.

Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Manzanares el Real, a 16 de diciembre de 2008.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.

(03/2.294/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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