Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-01-2009

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090128-0013

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

254 CONVENIO de colaboración entre la Administración General del Estado a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa y la Comunidad de Madrid (Consejería de Empleo y Mujer a través del Servicio Regional de Empleo), de 20 de mayo de 2008, para la realización de la jornada Día del Emprendedor, en mayo de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña Teresa Santero Quintillá, Secretaria General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 564/2008, de 21 de abril, actuando en representación de la Administración General del Estado (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) y en virtud de las competencias delegadas por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, “Boletín Oficial del Estado” de 6 de octubre, modificada por la Orden ITC 1196/2005, de 26 de abril, “Boletín Oficial del Estado” de 3 de mayo), la corrección de errores de la Orden ITC/1196/2005, de 26 de abril, por la que modifica la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, y la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, ratificadas por Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de mayo.

De otra parte, la excelentísima señora doña Paloma Adrados Gautier, Consejera de Empleo y Mujer, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, y en virtud el artículo 9.c) de dicha Ley, el cual le faculta, como Presidente del Consejo de Administración, para “suscribir en nombre del Organismo los convenios de colaboración que pudieran acordarse con las funciones del mismo” en su nombre y representación y en virtud de las competencias delegadas en materia de convenios por acuerdo de 21 de enero de 2002, del Consejo de Administración del referido Organismo Autónomo.

Las partes se reconocen recíprocamente competencia para suscribir el presente convenio, y en su virtud,

MANIFIESTAN

1.  Que la Dirección General de Política de la pyme (DGPYME) lleva a cabo actuaciones de impulso y promoción de la iniciativa emprendedora en la sociedad dentro de su ámbito de competencias de acuerdo con el Plan de Fomento Empresarial aprobado por el Gobierno el 27 de enero de 2006, que desarrolla uno de los siete ejes básicos del Programa Nacional de Reformas del Reino de España para lograr los objetivos de la Estrategia de Lisboa.

2.  Que la DGPYME es el organismo encargado del desarrollo de actuaciones orientadas a mejorar el entorno en que operan las pequeñas y medianas empresas, a procurar el aprovechamiento de las economías externas de red, sectoriales y territoriales que afectan a la eficiencia y competitividad empresarial, a poner en marcha el diseño y la ejecución, en colaboración con las comunidades autónomas, de programas orientados a fortalecer los distritos industriales y las concentraciones de empresas sectoriales y territoriales.

3.  Que, según establece el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, entre las funciones de la DGPYME se encuentran la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de creación de empresas y asesoramiento a los emprendedores de pequeñas y medianas empresas, así como el desarrollo de medidas de apoyo al fomento del espíritu emprendedor y a la creación de empresas innovadoras.

4.  Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en sus artículos 26.1.17 y 26.3.1.1, establece como competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid el fomento del desarrollo económico de la Comunidad, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional y la ordenación y planificación de la actividad económica regional, y el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, faculta a las Administraciones a la realización de convenios de colaboración.

5.  Que la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, dispuso, en virtud del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, como Administración institucional adscrita a ella, y en la Ley 5/2001, de 3 de julio, de Creación del Servicio Regional de Empleo, modificada por la Ley 2/2004 de 31 de mayo; en el artículo 3, apartados 1.c), 1.d), 2.m) y 2.n), ha venido desarrollando una fuerte actividad a favor del desarrollo del espíritu emprendedor y de la consolidación de las pequeñas y medianas empresas ejecutando múltiples iniciativas con singular dedicación a los emprendedores.

6.  Que desde el año 2005 la Comunidad de Madrid tiene en marcha el Plan de Emprendedores con los siguientes objetivos básicos:

— Fomentar la mentalidad empresarial animando al mayor número de personas a convertirse en empresarios mediante la difusión de la cultura emprendedora a la sociedad en general y en los diferentes niveles del sistema educativo y académico.

— Estimular las capacidades emprendedoras desarrollando el conocimiento del espíritu emprendedor desde edades tempranas.

— Orientar, asesorar y formar a los emprendedores en el proceso previo a la creación de empresas.

— Desarrollar mecanismos que faciliten la formación y el acceso a la financiación de la empresa en las primeras etapas de su desarrollo.

— Impulsar proyectos innovadores y viables en los que el emprendedor comprometa también sus propios recursos.

7.  Que el Plan de Emprendedores se estructura en los siguientes programas:

— Programa Empréndelo.

— Programa Emprender en la Escuela.

— Programa Campus del Emprendedor.

— Programa de Ayudas a la Financiación.

8.  Que la Consejería de Empleo y Mujer, en virtud del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería, tiene entre sus funciones establecer un plan regional de difusión de la cultura empresarial y elaborar el programa de fomento de vocaciones empresariales, correspondiendo al Área de Formación Continua y Emprendedores del Servicio Regional de Empleo todos los aspectos relativos al fomento de las vocaciones empresariales así como la planificación, ejecución y desarrollo de las acciones formativas o de cualquier otra índole encaminadas a apoyar a los emprendedores madrileños.

9.  Que las partes firmantes consideran de interés colaborar en la difusión del espíritu emprendedor, a través de la organización conjunta del Día del Emprendedor, con los siguientes objetivos:

— Fomentar la iniciativa emprendedora en la sociedad española.

— Fortalecer la imagen del/de la empresario/a y transmitir confianza para que se creen más empresas.

— Poner de manifiesto la importancia del emprendimiento, su aportación al desarrollo económico, su carácter innovador y competitivo.

— Despertar vocaciones empresariales.

— Dinamizar el desarrollo socioeconómico local y nacional.

— Generar espacios de encuentro entre personas emprendedoras y entre estas y las instituciones.

— Compartir conocimientos, experiencias y nuevas estrategias.

— Informar a personas para que pongan en marcha sus propios proyectos empresariales y puedan consolidarlos con éxito.

— Estimular la creatividad y la búsqueda de nuevas oportunidades de negocio.

— Posibilitar el intercambio de experiencias y conocimientos entre todas las comunidades autónomas.

10.  Que en el marco del desarrollo de las actividades que formarán parte del Día del Emprendedor en esta Comunidad de Madrid, el Servicio Regional de Empleo podrá establecer colaboraciones puntuales con cuantos organismos e instituciones considere de interés para el evento.

11.  Que ambas partes velarán por la promoción del respeto a la igualdad de género en las diferentes actuaciones y manifestaciones derivadas de la puesta en marcha de la tercera edición de esta iniciativa, entendiendo que las marcas y los logotipos “Emprendemos Juntos” y “Día del Emprendedor”, asentados y reconocidos por el público objetivo, engloban a todas las personas que se reconocen emprendedoras y creadoras de empresas.

Coincidentes los fines de las partes, y en el marco de sus competencias, consideran de interés colaborar en la organización conjunta de la jornada del Día del Emprendedor en su ámbito territorial, de conformidad con las siguientes

BASES

Primera

El objeto del presente convenio es regular las relaciones de colaboración entre las partes para la organización de una jornada que bajo la denominación Día del Emprendedor se llevará a cabo en el Campus de Móstoles de la Universidad Rey Juan Carlos, el día 21 de mayo de 2008. La asunción de este compromiso entra dentro de las competencias de la citada Universidad, dotada de personalidad jurídica propia. Todo ello en el marco del programa Emprendemos Juntos promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC).

Segunda

La DGPYME y el Servicio Regional de Empleo colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para que la jornada pueda realizarse con éxito.

Tercera

La DGPYME y el Servicio Regional de Empleo conciben la jornada Día del Emprendedor como un encuentro de alcance territorial en el que las personas emprendedoras y empresarias puedan compartir conocimientos, experiencias, tanto de éxito como de fracaso, testimonios y participar en actividades encaminadas a potenciar la creación de empresas, su consolidación e internacionalización, a mejorar el nivel de competitividad y uso de las nuevas tecnologías, a estimular el desarrollo de redes de trabajo conjunto entre los ámbitos académico y empresarial y a favorecer la colaboración empresarial.

Cuarta

Las partes en su calidad de promotores de la jornada del Día del Emprendedor y en el marco de la tercera edición del programa Emprendemos Juntos adquieren los siguientes compromisos:

La DGPYME:

— Contribuirá a los gastos de organización de la jornada Día del Emprendedor en los términos establecidos en la base quinta de este documento.

— Elaborará la imagen gráfica y el eslogan de la tercera edición del programa y su manual gráfico, que trasladará a todas las entidades organizadoras para que puedan aplicar el concepto creativo tal y como se dispone en el Anexo.

— Publicitará el calendario de todos los Días del Emprendedor que se realicen en el marco de este programa.

— Anunciará directamente cada jornada del Día del Emprendedor en coordinación con la campaña de publicidad que cada entidad organizadora realice en su ámbito territorial.

— Financiará el mantenimiento de la web www.emprendemosjuntos.es y velará por la actualización de los contenidos.

— Dará el apoyo técnico e institucional necesario a las entidades organizadoras de las jornadas.

El Servicio Regional de Empleo:

— Organizará la jornada Día del Emprendedor en su ámbito territorial, siguiendo sus propios criterios, objetivos y metodología, pero cumpliendo los requerimientos mínimos recogidos en el Anexo.

— Utilizará la imagen publicitaria y el eslogan de la tercera edición del programa Emprendemos Juntos conforme a los requisitos especificados en el Anexo.

— En todas las actuaciones y manifestaciones de la jornada del Día del Emprendedor situará en lugar visible el logo y dirección web del programa Emprendemos Juntos.

— En las notas de prensa, estudios y similares sobre la jornada, hará referencia al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio como promotor de la jornada.

— Colaborará con el mantenimiento de la página www.emprendemosjuntos.es aportando los contenidos indispensables y actualizados sobre la jornada.

— Elaborará y entregará a la DGPYME, en documento separado, antes de la firma del presente convenio, una memoria descriptiva de la organización de la jornada en la que se concreten los requisitos mínimos del Anexo, así como el desglose de los costes previstos y el reparto de financiación de los mismos.

Quinta

La Consejería de Empleo y Mujer incluirá en ese evento las siguientes modalidades de actividades:

— Talleres prácticos en los que se puedan adquirir nuevas competencias o habilidades concretas, como la creatividad o la comunicación.

— Talleres en los que expertos/as y emprendedores/as de éxito presenten las oportunidades de negocio o experiencias innovadoras que abren determinados sectores, mercados o ámbitos de actividad económica.

— Actividades lúdicas en las que los/las emprendedores/as podrán conocerse, adquirir nuevas competencias o demostrar sus habilidades.

— Exposición de productos y servicios a través de los cuales los/las emprendedores/as entrarán en contacto directo con servicios o productos que pueden ser de su interés. Espacios que inviten al diálogo y a la comunicación y/o puedan ofrecer sesiones informativas sobre productos y servicios.

— Servicios de asesoramiento a emprendedores/as y a empresas en los que expertos/as e instituciones ofrecerán su asesoramiento en diferentes temáticas relacionadas con la creación o consolidación de empresas.

— Mesa redonda sobre la economía social y de los trabajadores autónomos donde se expondrán las características y problemática actual de aquellas empresas y trabajadores que optan por estas modalidades empresariales.

— Mesa redonda donde diversas entidades tanto públicas como privadas relacionadas con la financiación de proyectos de empresa divulgarán e informarán de productos de financiación para emprendedores o nuevas empresas.

Sexto

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la DGPYME, colaborará abonando el 40 por 100 de los gastos de organización de la jornada del Día del Emprendedor.

Séptima

El presupuesto previsto para la jornada del Día del Emprendedor, según la memoria presentada, asciende a 200.000 euros (IVA incluido).

En consecuencia, el compromiso de colaboración en el gasto asumido por la DGPYME es como máximo de 80.000 euros (IVA incluido) correspondiente al 40 por 100 del importe total de los gastos de organización, según el párrafo anterior de esta cláusula.

Octava

Una vez celebrado el Día del Emprendedor, y previa justificación documental de los gastos y certificación de conformidad de la DGPYME, esta abonará la cantidad de 80.000 euros (IVA incluido) a la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid.

Novena

En el caso de que los gastos finalmente certificados sean por un importe inferior al inicialmente previsto, la Dirección General de Política de la pyme abonará únicamente la parte proporcional de los gastos realmente justificados y certificados.

Décima

Para hacer frente a esta colaboración existe crédito suficiente en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Política de la pyme para 2008, aplicación presupuestaria 20.17.433M.640.

Undécima

Con el fin de hacer un seguimiento del programa Emprendemos Juntos, la Comunidad de Madrid, una vez finalizada su jornada del Día del Emprendedor, presentará a la DGPYME un informe de resultados de su evento conforme al listado de indicadores del Anexo.

El informe deberá presentarse en un plazo de cinco días a partir de la celebración de la jornada del Día del Emprendedor.

Duodécima

El presente convenio se circunscribe exclusivamente a la realización del objeto que se especifica en el mismo y conforme al Anexo, y estará vigente desde la fecha de su firma hasta la presentación del informe establecido en la base undécima.

Decimotercera

Este convenio tiene naturaleza administrativa, pudiendo ser impugnado ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el presente convenio queda excluido de su ámbito de aplicación.

Decimocuarta

Además de su extinción por cumplimiento, será causa de extinción del convenio su resolución por mutuo acuerdo. En este supuesto, la Dirección General de Política de la pyme solo estará obligada a abonar las actuaciones realizadas.

Y en prueba de conformidad con sus términos, suscriben el presente convenio, por triplicado ejemplar, en Madrid, a 20 de mayo de 2008.—La Secretaria General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Teresa Santero Quintillá.—La Consejera de Empleo y Mujer, Paloma Adrados Gautier.

ANEXO I

Requisitos mínimos

1.  Organización de la jornada Día del Emprendedor:

a) La entidad organizadora incluirá en su Día del Emprendedor, como mínimo, cuatro modalidades de las actividades englobadas en cada uno de los siguientes espacios:

— Espacios de conocimiento: conferencias, charlas, mesas redondas, debates, etcétera.

— Espacios para la formación práctica:

l Talleres sobre competencias, habilidades y capacidades.

l Talleres para conocer la labor de centros tecnológicos y universidades y posibilidades y formas de colaboración con el mundo empresarial.

l Talleres para intercambiar ideas, para conocer experiencias de personas emprendedoras, para asesorar sobre diferentes ámbitos relacionados con la pyme o con la iniciativa emprendedora.

— Espacios para el reconocimiento a través de premios, menciones, homenajes, testimonios de personas emprendedoras y/o empresarias de reconocido prestigio con experiencias de éxito/fracaso, etcétera.

— Espacios para la difusión:

l De programas e iniciativas públicas sobre los temas propios del Día del Emprendedor.

l De formas de financiación, fórmulas de garantías y productos financieros.

l De redes de cooperación empresarial.

l De formas de acceso a la internacionalización y competitividad en la globalización.

l De asesoramiento e información sobre servicios de apoyo avanzados y de calidad.

— Espacios para actividades lúdicas y de distensión en las que las personas emprendedoras y empresarias puedan descubrir/manifestar sus capacidades o demostrar sus habilidades.

b) La entidad organizadora, a partir de su experiencia previa de las ediciones anteriores, a fin de perfilar con mayor nitidez el público objetivo del programa y de potenciar empresas que crezcan en capacidades, procurará renovar los contenidos de la jornada incorporando a la misma, por ejemplo:

— La presencia de servicios de apoyo avanzados y de calidad.

— La colaboración de las instituciones del conocimiento, la investigación, la innovación y la transferencia de tecnología.

— La presencia de, al menos, un centro tecnológico y de las universidades como instituciones colaboradoras fundamentales.

Además, enfocará las actividades destacando:

— El papel clave de los viveros e incubadoras de empresas en parques tecnológicos.

— La dimensión internacional de las oportunidades empresariales.

— La dimensión europea de la iniciativa emprendedora

— La vinculación de la jornada del Día del Emprendedor a una estrategia global de emprendimiento en la comunidad autónoma o entidad local correspondiente, involucrando al mayor número de entidades patrocinadoras de su ámbito territorial autonómico y local.

c) El Día del Emprendedor podrá ser impulsado por varias entidades promotoras, siendo siempre una de ellas la Dirección General de Política de la pyme (DGPYME) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. En calidad de promotora, la DGPYME contará con un espacio para su stand en las mismas condiciones que el resto de las entidades promotoras.

d) A fin de lograr un mayor alcance y extensión del evento, se deberá contar con la colaboración de un órgano, entidad o institución de cada uno de los siguientes ámbitos:

— Administración General del Estado.

— Administración Regional.

— Administración Local.

— Universidades y/o escuelas de negocios.

— Agentes sociales (sindicatos y patronales).

— Cámaras de comercio o similar.

2.  Imagen y publicidad.—La imagen, el eslogan de la tercera edición y la web www.emprendemosjuntos.es deberán figurar:

— En todos los elementos publicitarios que se elaboren (anuncios publicitarios, enlaces de webs, decoración de los recintos, frontales de mesas, stands, etcétera).

— En las campañas de publicidad que se realicen en los diferentes medios.

— En las escenografías que se monten para los diferentes actos.

En las aplicaciones respectivas se utilizará el manual gráfico que facilite la DGPYME.

En relación con la publicidad de la jornada en cada ámbito territorial, la entidad organizadora designará un responsable al objeto de evitar solapamientos en los planes de comunicación y coordinar con la persona responsable de la DGPYME la publicación de los anuncios.

3.  Público objetivo.—El público objetivo de la jornada Día del Emprendedor son las personas que tienen en mente la creación de un proyecto empresarial, aquellas que lo están poniendo en marcha y aquellas que ya gestionan nuevas empresas y quieren hacerlas crecer.

Pero, además, teniendo en cuenta que uno de los objetivos del Día del Emprendedor es extender la iniciativa emprendedora, también forman parte de este objetivo las personas que son potencialmente emprendedoras, como jóvenes, universitarios, investigadores, escolares, profesionales en activo y personas en situación de desempleo.

ANEXO II

PROPUESTA DE INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN FINAL DE EMPRENDEMOS JUNTOS

Indicadores globales:

— Número asistentes totales.

— Número actividades programadas.

— Número entidades colaboradoras.

— Número ponentes.

Otros indicadores de actividad:

— Número asistentes en.

— Actividades de conocimiento.

— Actividades de relación.

— Actividades de entretenimiento: Noche, entrega de premios…

Otros datos de actividad que cada comunidad autónoma considere oportunos (por ejemplo, entrevistas de colaboración entre emprendedores, entrevistas de asesoramiento personalizado, publicaciones repartidas, candidaturas a premios…).

Perfil asistentes:

— Sexo.

— Edad:

l Menor de veinticinco años.

l Entre veinticinco y treinta y cinco años.

l Entre treinta y cinco y cuarenta y cinco años.

l Mayor de cuarenta y cinco años.

Situación laboral:

— Asalariado/a.

— En paro.

— Emprendedor/a.

— Estudiante.

Entidades:

— Número promotoras.

— Número patrocinadoras.

— Número colaboradoras.

l De ellas:

– Número universidades/escuelas de negocio.

– Número organizaciones sindicales/patronales.

– Número entidades de financiación.

– Número entidades públicas.

Evaluación de actividades:

— Evaluación por tipo de actividad.

— Evaluación general del evento.

l Variedad de actividades ofertadas.

l Calidad de los/las expertos/as.

l Duración sesiones.

l Aportaciones testimonios

l Utilidad contenidos.

l Coordinación general

— Porcentaje de encuestados que volvería a venir.

Impacto mediático:

— Número inserciones en prensa escrita sobre Día del Emprendedor autonómico.

— Número inserciones en prensa escrita sobre campaña estatal.

— Porcentaje de inscritos que han conocido la iniciativa a través de la prensa.

— Número artículos aparecidos en prensa escrita.

— Número apariciones en televisión/radio.

(03/2.041/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090128-0013