Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0092

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.065 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Germán Díaz Mérida, contra la empresa “Encofrados Aranfer, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución.

Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio en única convocatoria la audien­cia del día 2 de febrero de 2009, a las diez y cuarenta horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

A los otrosíes: Cítese al representante legal de la demandada, señor Enríquez Fernández Períanez, a la prueba de interrogatorio de parte, en acto de juicio bajo apercibimiento de que si no comparece sin justa causa podrá ser tenido por confeso en sentencia, según previenen los artículos 91 de la Ley de Procedimiento Laboral, y 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por el representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto de juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación a juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Encofrados Aranfer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente cédula para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.063/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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