Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090116-0101

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 70 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dyan Petrov Tsvetanov, contra la empresa “Grupo Baco 5 Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 del Juzgado y localidad de la provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobe ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Dyan Petrov Tsvetanov, que comparece con asistencia del letrado don Dámaso Fermosel del Álamo, y otra, como demandados, “Grupo Baco 5 Inversiones, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, asistido del letrado don Julián Sánchez García, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando en parte la demanda formulada por don Dyan Petrov Tsvetanov, frente a “Grupo Baco 5 Inversiones, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 4.106,33 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa. Absolviendo a la codemandada.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 70/08 de procedimiento, en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Baco 5 Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/339/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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