Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090109-0051

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.042 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Andrés Ríos Noreña, contra la empresa “Vicarlo Distribución, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 398 de 2008

En Madrid, a 20 de octubre de 2008.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido seguido ante este Juzgado con el número 1.042 de 2008 a instancias de don Javier Andrés Ríos Noreña, asistido del letrado señor don Lucas Uceda Vázquez, frente a la empresa “Vicarlo Distribución, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de despido entablada por don Javier Andrés Ríos Noreña, frene a la empresa “Vicarlo Distribución, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 29 de julio de 2008, y en consecuencia condeno a la entidad demandada a readmitir al actor en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido o bien a su elección formulada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución ante la Secretaría del Juzgado, a abonar al trabajador una indemnización por importe de 316,31 euros; condenando en cualquier caso a la empresa a abonar al actor los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente sentencia, con arreglo al salario declarado probado.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda al Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia al Servicio Público de Empleo a los efectos oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Javier Andrés Ríos Noreña, “Vicarlo Distribución, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.137/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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