Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-12-2008

Sección 4.120.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081222-0058

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO PENAL

JUZGADO NÚMERO 3
DE SANTANDER

EDICTO

Doña Florencia Alamillos Granados, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo penal número 3 de los de Santander.

Hago saber: Que en el juicio oral-rápido número 394 de 2008, seguido en este Juzgado por un delito de hurto, contra don Roberto Torres García, en ignorado paradero, se ha dictado la sentencia de fecha 16 de septiembre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

En méritos de lo expuesto, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español, debo condenar y condeno a don Roberto Torres García, como autor penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa previsto y penado en el artículo 234 del Código Penal, a la pena de cinco meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, e imponiéndole expresamente las costas del procedimiento.

Debo acordar y acuerdo el comiso de los efectos intervenidos al condenado para la materialización del delito a los que se dará el destino legal.

Remítase testimonio de la presente resolución a la Delegación del Gobierno, a los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Entréguense con carácter definitivo a su legítimo propietario las prendas recuperadas y entregadas al mismo en depósito.

Debo acordar y acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 del Código Penal, la sustitución de la pena privativa de libertad impuesta en esta causa por la expulsión del territorio nacional del acusado y con la prohibición de retornar al mismo en el término de diez años.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que la misma no es firme, pudiendo interponer contra la misma recurso de apelación en el término de cinco días desde la fecha de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.—Siguen las firmas.

Y para que conste y sirva de notificación al acusado, en ignorado paradero, se expide el presente.

En Santander, a 31 de octubre de 2008.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de lo penal (firmado).

(03/35.353/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.120.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081222-0058