Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081216-0151

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 18 de noviembre de 2008, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Esta Junta de Gobierno Local, en su sesión de 9 de septiembre de 2008, resolvió aprobar inicialmente el Primer Proyecto Modificado de Urbanización del Sector “El Juncal”, cuyo objeto consistía en la incorporación al original proyecto de urbanización del ámbito de una serie de modificaciones puntuales en los proyectos específicos que se enumeran en el expediente, debidas a las solicitudes efectuadas desde las distintas Administraciones, las empresas suministradoras y la empresa constructora y que se han estimado como una mejora respecto a lo inicialmente proyectado, así como a los trabajos pendientes de la primera fase de la urbanización y la necesidad de corregir los desajustes existentes a la hora de repartir las mediciones entre las dos adendas del proyecto.

Sometido el expediente a información pública por plazo de veinte días, y al no haberse formulado alegaciones durante dicho período, es por lo que visto el informe emitido por los Servicios Jurídicos del Área de Urbanismo, y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, esta Junta de Gobierno acuerda:

Primero.—Aprobar definitivamente el Primer Proyecto Modificado de Urbanización del Sector “El Juncal”, en ejecución de lo previsto en el Plan Parcial de dicho sector del suelo urbanizable de Alcobendas, y cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-admi­nistrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publi­cación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 19 de noviembre de 2008.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/16.080/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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