Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-12-2008

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081212-0256

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

4557 RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2008, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 5127/2008, de 5 de noviembre, de la Consejera de Educación, de modificación de la autorización del centro privado de Educación Secundaria “La Inmaculada-Marillac”, de Madrid.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad, solicitando modificación de la autorización del centro privado de Educación Secundaria denominado “La Inmaculada­Marillac”, con domicilio en la calle García de Paredes, números 37-39, de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorización de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 5127/2008, de 5 de noviembre, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de acuer­do con el artículo 13 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, la autorización del centro privado de Educación Secundaria “La Inmaculada-Marillac”, de Madrid, por transformación de dos unidades de Bachillerato en la implantación de dos grupos, en turno diurno, del ciclo formativo de grado superior de Imagen para el Diagnóstico.

Segundo

Autorizar que la implantación del ciclo formativo, que por esta Orden se autoriza, se desarrolle en las instalaciones del centro, sitas en la calle García de Paredes, números 37-39, y en las de la Clínica “La Milagrosa”, sita en la calle Modesto Lafuente, número 14.

Tercero

La configuración del centro queda establecida de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: “La Inmaculada-Marillac”.

Número de código: 28012196.

Titular: Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Domicilio: Calle García de Paredes, números 37-39.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 12 unidades/360 puestos escolares.

b) Bachillerato:

— Modalidad de Ciencias y Tecnología.

Capacidad: 4 unidades/140 puestos escolares.

— Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 4 unidades/140 puestos escolares.

c) Ciclo formativo de grado superior (turno diurno):

— Imagen para el Diagnóstico.

Capacidad: 2 grupos/40 puestos escolares.

Las autorizaciones de los centros de Educación Infantil y Educación Primaria existentes en el mismo recinto escolar no sufren modificación.

Cuarto

La presente autorización surtirá efecto desde el inicio del curso 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

No obstante lo anterior, se autoriza, con carácter excepcional, un grupo de primer curso desde el inicio del curso 2007-2008.

Quinto

Con anterioridad a la entrada en funcionamiento de las nuevas enseñanzas, la Dirección de Área Territorial de Madrid-Capital aprobará expresamente, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, la relación de personal de que dispondrá el centro con indicación de sus titulaciones respectivas.

Sexto

El centro deberá cumplir la Norma Básica de Edificación NBE-CPI/96 de condiciones de protección contraincendios de los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2008.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/34.075/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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