Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081212-0120

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 76 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Sánchez Ramos Sánchez, contra la empresa “Línea Blancaflor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado providencias de fechas 1 de septiembre de 2008 y 18 de septiembre de 2008 que son del tenor literal siguiente:

Dada cuenta; las anteriores comunicaciones, únanse a los autos de su razón y en su vista se acuerda el reembargo de los bienes embargados en los procedimientos que se tramitan: en la Tesorería General de la Seguridad Social número 28112003001929, en el Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, expediente número 1.009 de 2006, en el Juzgado de lo social número 36 de Madrid, expediente número 137 de 2007 y en el Juzgado de lo social número 19 de Madrid, expediente número 1 de 2008, seguidos contra la misma empresa apremiada, a fin de cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución, así como en su caso, la retención del sobrante que pudiera existir en su día, librándose a tal efecto el oportuno oficio al referido Juzgado, solicitando asimismo:

a)  Se informe del estado de las actuaciones y de la total cantidad objeto de apremio en dicho procedimiento.

b)  Relación certificada de los bienes embargados y de su peritación.

c)  Se ponga en conocimiento de las partes, depositarios, administradores o deudores de la ejecutada u otros organismos, el nuevo embargo que se traba con el fin de que quede garantizada la efectividad del mismo (artículos 256 de la Ley de Procedimiento Laboral y 610 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Asimismo, y no habiéndose recibido contestación al mandamiento librado al Servicio de Índices, reitérese el mismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 18 de septiembre de 2008.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 7.747,34 euros de principal, más 581,05 euros presupuestados para intereses y 774,73 euros presupuestados para costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la entidad ejecutada, y atendiendo a los precedentes indicados en la diligencia anterior, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Línea Blancaflor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2008.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.464/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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