Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-10-2008

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081013-0246

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE MÓSTOLES

EDICTO

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el juicio de faltas número 1.367 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 262 de 2008

En Móstoles, a 26 de junio de 2008.

Vistos por mí, Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 1.367 de 2007, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, y como denunciante, don Jorge Manuel Peñalba Hernández y la entidad “Carrefour”, y como denunciado, don Cristian Mejías Villar.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Cristian Mejías Villar como autor de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal a la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago y a abonar las costas del presente procedimiento.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

Llévese certificación de la presente a los autos principales.

Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cristian Mejías Villar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Móstoles, a 17 de septiembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(03/26.044/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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