Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260924-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Arganda del Rey. Régimen económico. Padrones fiscales

Anuncio de cobranza padrones fiscales 2026.

Aprobado por resolución n.o 2026006721 del concejal-delegado de Hacienda y Festejos Populares, de 22 de septiembre de 2026, el padrón y lista cobratoria de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, ejercicio 2026, se informa que este Ayuntamiento pone al cobro el mismo en período voluntario durante el plazo comprendido entre el 22 de octubre y el 22 de diciembre del año en curso.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se exponen al público dichos padrones durante el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Durante este plazo las personas interesadas podrán examinar las liquidaciones correspondientes en la Unidad de Ingresos Públicos del Ayuntamiento.

Contra las liquidaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá formularse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, recurso de reposición ante el concejal-delegado de Hacienda y Festejos Populares, previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que durante el período comprendido entre el 22 de octubre y el 22 de diciembre del presente ejercicio se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los tributos referidos, pudiéndose hacer efectivo el pago durante el horario de atención al público en las entidades bancarias colaboradoras que se indican en los recibos que a tal efecto remitirá el Ayuntamiento a los contribuyentes a través del Servicio de Correos, facilitándose duplicados de los mismos a los contribuyentes que no lo hubieran recibido y así lo requieran en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la planta baja del Ayuntamiento. Así mismo, se podrá pagar el mismo través de la página web del Ayuntamiento en la Oficina Virtual pago de Tributos, a través de TPV.

El último día del período voluntario de pago no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos fuera del horario de apertura al público de la oficina correspondiente a la que pertenezca el cajero automático. El pago realizado fuera de este horario puede incurrir en extemporaneidad y devengarse el recargo ejecutivo del 5%. Las incidencias técnicas que puedan surgir en intentos de pago fallidos realizados el último día del período de pago, fuera del horario de apertura al público de la correspondiente oficina, no servirán como justificante del impago del recibo.

El período de cobranza voluntario de dichos padrones será el anteriormente indicado, salvo para aquellos contribuyentes que hubieran solicitado su inclusión en el Sistema de Fraccionamiento Gratuito Unificado (F.G.U.) y hubieran sido admitidos en éste, en cuyo caso se regirán por el sistema establecido en la ordenanza reguladora del mismo.

Para los recibos domiciliados se remitirá al domicilio aviso de cargo en cuenta y se pasará al cobro el 6 de noviembre de 2026.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Arganda del Rey, a 22 de septiembre de 2026.—El concejal-delegado de Hacienda y Festejos Populares, Álvaro Fernández Martín.

(01/15.329/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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