Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
04-09-2026

Sección 1.3.109.11: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260904-33

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112

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ENCOMIENDA de gestión de 27 de agosto de 2026, de la Dirección General de Seguridad a la Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, para la supervisión técnica del proyecto de reforma y adecuación del edificio “Casa Mariano”.

De una parte, D. Luis Miguel González Morato, Director General de Seguridad de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Y de otra, D. José Javier Guijarro Merelles, Director General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

EXPONEN

Primero

El apartado a) del artículo 7.4 del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (en adelante ASEM112) atribuye a la Dirección General de Seguridad el diseño y ejecución de las políticas de formación transversal en materia de emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias en materia de formación de la dirección general competente en materia de función pública.

Segundo

Por su parte, la Dirección General de Emergencias tiene atribuida en el apartado r) del artículo 3 del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, la supervisión de todo tipo de proyectos relativos a las infraestructuras propias de los servicios de la dirección general, así como las funciones que corresponden al promotor de las obras y construcciones que realice.

Tercero

En el marco de la planificación de infraestructuras de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, se ha redactado el proyecto de reforma y adecuación del edificio denominado “Casa Mariano”, ubicado en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid (en adelante IFISE).

Entre las actuaciones previstas se contempla la futura reubicación de parte del Área de Formación del Cuerpo Bomberos de la Comunidad de Madrid, que actualmente desarrolla su actividad en el edificio de administración del IFISE, así como la dotación de aulas destinadas a la formación transversal de los miembros del Cuerpo de Bomberos, del Cuerpo de Agentes Forestales, de los voluntarios de Protección Civil, del personal de SUMMA 112 y de las policías locales de la Comunidad de Madrid con el fin de optimizar los espacios disponibles, mejorar la organización funcional de los servicios y adecuar las instalaciones a las necesidades actuales y futuras de la formación de los profesionales de la seguridad y emergencias de la Comunidad de Madrid.

El contrato para la redacción del proyecto fue formalizado el 20 de julio de 2026 y se encuentra actualmente en fase de elaboración constituyendo requisito previo para la tramitación de la licencia de ejecución de las obras, realizar la correspondiente supervisión técnica.

Las actuaciones contempladas en el proyecto de reforma y adecuación del edificio suponen un cambio del uso característico del edificio principal, que pasa de residencial a uso público docente, además de estar prevista la posibilidad de realizar modificaciones en el sistema estructural, en sus envolventes y, en todo caso, la reposición de las cubiertas.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, establece la revisión técnica obligatoria de los proyectos de obras con carácter previo a su aprobación y licitación, de conformidad con lo previsto en sus artículos 231.1 y 235. En particular, este último precepto exige la supervisión cuando se trate de obras que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

La naturaleza y alcance de las actuaciones contempladas en el proyecto requieren una revisión técnica especializada que garantice la adecuación de las soluciones proyectadas, la correcta aplicación de la normativa vigente y la viabilidad técnica de las actuaciones previstas.

La Dirección General de Seguridad no cuenta con una unidad habilitada ni con personal técnico con la titulación de arquitecto en su plantilla para llevar a cabo la supervisión de dicho proyecto con carácter previo a su aprobación y a la solicitud de la licencia urbanística.

Por razones de eficacia, así como por no poseer los medios técnicos idóneos para su desempeño la Dirección General de Seguridad considera conveniente encomendar la ejecución de la citada actuación a la Dirección General de Emergencias cuya Subdirección General de Infraestructuras dispone de la experiencia y especialización técnica en materia de infraestructuras y proyectos de edificación vinculados a los servicios de seguridad y emergencias, motivo por el que se considera conveniente que la supervisión del citado proyecto sea realizada por dicho órgano.

Cuarto

El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos administrativos o entidades de derecho público pertenecientes a la misma Administración la misma podrá formalizarse por acuerdo expreso de los órganos o entidades de derecho público intervinientes.

De conformidad con el artículo 1 del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la ASEM 112 tanto la Dirección General de Emergencias como la Dirección General de Seguridad se encuentran integrados dentro de la estructura directiva de la Agencia.

Dada la indisponibilidad de la Dirección General de Seguridad de los medios técnicos para su desempeño y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan y al amparo de lo establecido en el citado artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

ACUERDAN

Primero

Objeto

La Dirección General de Seguridad encomienda a la Dirección General de Emergencias la supervisión técnica del proyecto de reforma y adecuación del edificio “Casa Mariano”.

La actuación a realizar verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulten de aplicación al proyecto.

Segundo

Plazo

La presente encomienda de gestión producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y extenderá su vigencia hasta la completa ejecución de la actuación encomendada.

Tercero

Competencia

La presente encomienda de gestión no implica cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Los actos y resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integren las actividades objeto de esta encomienda serán adoptados por la Dirección General de Emergencias.

Cuarto

Coste estimado y financiación

Dadas las características de la presente encomienda, no se contempla la existencia de gastos específicos ni adicionales para la ASEM 112.

Quinto

Protección de datos

La Dirección General de Emergencias tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la presente encomienda, siendo de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Sexto

Publicación

La presente encomienda será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su eficacia, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes intervinientes, firman de forma sucesiva la presente encomienda de gestión, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma.

Madrid, a 27 de agosto de 2026.—El Director General de Seguridad, P. S. (Resolución de 16 de julio de 2026, del Director de la ASEM 112), la Subdirectora General del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, Rosa Menchen Viso.—El Director General de Emergencias, P. S. (Resolución de 16 de julio de 2026, del Director de la ASEM 112), el Jefe del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Antonio Pérez Crespo.

(03/13.933/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.11: I. COMUNIDAD DE MADRID

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