Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
02-09-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260902-49

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Madrid Salud

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Madrid. Régimen económico. O. A. Madrid Salud. Concesión subvenciones

El Gerente de Madrid Salud, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15, de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobados por acuerdo plenario, de 19 de noviembre de 2004 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16, de la Convocatoria de Subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud, para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2026, previa reunión de la Comisión de Valoración de las solicitudes, de 17 de junio de 2026 y propuesta de resolución definitiva, realizada por la subdirectora general de Adicciones, de 7 de agosto de 2026, vino a adoptar, con fecha 25 de agosto de 2026, la siguiente resolución:

1. Conceder subvención, por las siguientes cuantías, a las entidades que se relacionan, por un importe total de 199.130 euros:



2. Dichas cuantías se imputarán a la aplicación presupuestaria 508/120/311.02/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Programa “Adicciones” del presupuesto de 2026, del Organismo Autónomo Madrid Salud.

3. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá, en caso de disconformidad, interponer, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y el artículo 52.1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno. Ambos plazos se computarán desde el dia siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de agosto de 2026.—El gerente de Madrid Salud, P. S. (por decreto de 26 de junio de 2026, de la vicealcaldesa y delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos por razones del servicio), el subdirector general de Gestión Económico-Administrativa, Rafael Ruiz Badiola.

(01/13.790/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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