Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2026

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260713-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

35
ADENDA de 17 de junio de 2026, de modificación y prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Guadarrama, para su continuidad en la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 17 de junio de 2026.

REUNIDOS

De una parte, la Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid, D.a Laura Martínez Cerro, nombrada por el Decreto 26/2024 de 17 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 92 de 18 de abril de 2024), del Consejo de Gobierno, de acuerdo con la Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de abril de 2026), y de conformidad con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Diosdado Soto Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guadarrama, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción del presente Acuerdo de prórroga

EXPONEN

Primero

Que con fecha 15 de junio de 2022, se firmó el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, Dirección General de Turismo, y el Ayuntamiento de Guadarrama, para la puesta en marcha de una Red de Información Turística.

Segundo

Conforme lo establecido en la cláusula Sexta del convenio, este tiene una duración de cuatro años pudiéndose prorrogar por un período de hasta cuatro años adicionales mediante acuerdo unánime de las partes.

En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta Adenda, estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro años, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la Adenda

El objeto del presente instrumento es formalizar la prórroga del Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Guadarrama con fecha 15 de junio de 2022 para la incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística, así como la modificación de sus condiciones operativas referentes a la ubicación física y al horario de apertura al público.

Segunda

Prórroga del Convenio

Las partes acuerdan de mutuo acuerdo la prórroga del Convenio de colaboración por un período de cuatro años adicionales.

Tercera

Modificación del horario de apertura

Las partes acuerdan modificar el régimen de horarios de atención al público de la Oficina de Información Turística, el cual quedará establecido de la siguiente manera: de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda de prórroga del Convenio de Colaboración mencionado ut supra, en ejemplar electrónico único.

Madrid, a 17 de junio de 2026.—El Alcalde del Ayuntamiento de Guadarrama, Diosdado Soto Pérez.—La Directora General de Turismo y Hostelería, P. D. (Orden 550/2026, de 30 de marzo), Laura Martínez Cerro.

(03/10.263/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260713-35