Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2026

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260130-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 5188/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la convocatoria para el año 2026 de los pagos de compensación en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027.

BDNS (882802)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Beneficiarios

Las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Ser persona física titular de una explotación agraria o persona física socio de una explotación agraria que tenga la calificación de prioritaria constituida como Cooperativa Agraria o como Sociedad Agraria de Transformación (SAT). Cada socio podrá percibir la indemnización correspondiente a su cuota de participación.

2. Agricultores que acrediten la condición de agricultor activo, según la definición establecida en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Segundo

Objeto

La presente Orden tiene por objeto establecer la convocatoria 2026 de las ayudas económicas destinadas a indemnizar por los costes adicionales y la pérdida de ingresos que se derivan de mantener la actividad agraria en zonas con limitaciones naturales debidas a su ubicación, que constituye la intervención 6613 del PEPAC de España para el período 2023-2027.

Los pagos regulados en la presente disposición se aplicarán a las explotaciones agrarias que estén situadas, total o parcialmente, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en municipios con la calificación de zona de montaña.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria fueron aprobadas mediante Orden 1252/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos compensatorios en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 272, de 15 de noviembre de 2023).

Esta Orden fue modificada a través de las Órdenes 4595/2024, de 23 de diciembre y 3632/2025, de 24 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por las que se modifica la Orden 1252/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos compensatorios en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 8 de 10 de enero de 2025 y núm. 238 de 6 de octubre de 2025).

Cuarto

Cuantía y financiación de las ayudas

La ayuda a los beneficiarios consistirá en el pago de una prima por hectárea. El importe de dicha prima se fija en 200 euros por hectárea indemnizable concedido anualmente.

El presupuesto de la convocatoria 2026, con cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, es de 1.400.000 euros.

Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la PAC para el período 2023-2027 correspondiendo la participación en el gasto público de los diferentes fondos cofinanciadores a los siguientes porcentajes: 50 por 100 FEADER, 15,5 por 100 Administración General del Estado (AGE) y 34,5 por 100 Comunidad de Madrid. En caso de modificación del PEPAC, serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes del pago compensatorio a los agricultores y ganaderos de zonas de montaña de la Comunidad de Madrid será coincidente con el que determine la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las disposiciones de aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control (Orden de Solicitud Única), que se publica anualmente.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/953/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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