Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250926-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

77
Madrid número 13. Procedimiento 1968/2025

EDICTO

D./Dña. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1968/2025, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.o 285/2025

Juez/magistrado-juez: D./Dña. Juan Javier Pérez Pérez.

Lugar: Madrid.

Fecha: cuatro de agosto de dos mil veinticinco.

El Ilmo. Sr. D. Juan Javier Pérez Pérez, Magistrado-Juez de Instrucción número 13 de esta Capital, ha visto el presente Juicio por Delito Leve de referencia, seguido por un posible delito de hurto, apareciendo como denunciante y perjudicado el establecimiento comercial “Primark” sito en la Avenida Gran Vía, número 32, de Madrid, y como encausado Silvio Daniel Erramuspe, cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones.

FALLO

Que debo condenar y condeno a Silvio Daniel Erramuspe, como autor de un delito leve intentado de hurto, del art. 234.2 en relación con los arts. 16 y 62 del Código Penal; sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; a la pena de multa de veinte días, a razón de cuotas diarias de cuatro euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales.

Se decreta el cese del depósito provisional de los efectos referidos en los hechos probados de esta sentencia, y la entrega definitiva a su propietario citado en los hechos probados.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndole la advertencia de que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial. La presente es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante éste período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. Silvio Daniel Erramuspe, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 12 de septiembre de 2025.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/14.605/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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