Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
23-09-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250923-39

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de una línea de 132kV de doble circuito ubicada en avenida Punto Com, 23, en el término municipal de Alcalá de Henares, solicitado por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número de expediente: 2022P134 - 14-0141-00134.0/2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 28/02/2022 y referencia 10/099732.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por Daniel Pujol Martínez con número de colegiado 20180 del COEIC.

Con fecha 18/04/2024 se recibe en esta Dirección General anexo de modificación al proyecto, firmado por el citado proyectista.

Segundo

Con fecha 13 de julio de 2022 y ref. 10/462102.9/22, a la vista del informe técnico del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental, se emite informe por la extinta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid (SEA 9.74/21), en el que se resuelve la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Con fecha 31 de marzo de 2025 y ref. 10/269195.9/25, tras la nueva consulta realizada debido al anexo de modificación del proyecto en cuestión, se emite de nuevo informe por parte de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 9.74/21) en el que se indica la validez del informe emitido con anterioridad.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto al de declaración en concreto de utilidad pública al haberse solicitado la declaración de utilidad pública simultáneamente a la petición de autorización que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de una línea de 132 kV de doble circuito en avenida Punto Com, número 23, en el término municipal de Alcalá de Henares, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 140, de 13 de junio de 2025).

Cuarto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Canal Isabel II, DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, DG Infraestructuras del Ministerio de Defensa, Lyntia, Telefónica y Área de Vías Pecuarias.

Con fechas 08/06/23, 18/09/24, 30/09/24 y 05/05/25 se reciben en esta Dirección General escritos de contestación por parte de la DG Infraestructuras del Ministerio de Defensa, Telefónica, Área de Vías Pecuarias y DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, respectivamente, indicando una serie de condicionantes y procedimientos a cumplimentar, y que, posteriormente, se reciben de igual manera en esta Dirección General, escritos de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes aceptando dichos informes y tomándolos en consideración para la ejecución del proyecto citado.

Habiéndose cumplido el plazo de 30 días concedido, no se han recibido contestaciones por parte del resto de los organismos indicados anteriormente.

Quinto

Con fecha 10/01/2025 tiene lugar, por parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, la aprobación definitiva del Plan Especial de Infraestructuras en relación al proyecto en cuestión.

Sexto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de una línea de 132 kV de doble circuito en Avenida Punto Com, 23 del término municipal de ALCALÁ DE HENARES, cuyas características y ubicación - en coordenadas UTM referidas al huso 30 - son:

Se trata de la instalación de una línea aérea+subterránea que transcurre desde el apoyo 10016BIS de la actual línea de 132kV Meco-Alcalá (03ILE692) hasta la nueva subestación ST Cisneros (ISE275), con 221m de línea aérea y 1.115m de línea subterránea.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

Declarar la utilidad pública de las instalaciones citadas en el párrafo primero. La declaración de la utilidad pública de la instalación citada lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo de la presente resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico.

Cuarto

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Quinto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la extinta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid y validado posteriormente por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular citado en los Antecedentes de Hecho (SEA 9.74/21).

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 22 de agosto de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/13.724/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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