Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250919-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” del contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda relativo a diversos locales del inmueble sito en el Complejo Gamonal-Hormigueras-González Dávila, de Madrid para su uso como locales de archivo de la Secretaría General Técnica de Economía, Hacienda y Empleo, División de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.

c) Número de expediente: A-CT/1984/2025E.

d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( https://contratos-publicos.comunidad.madrid ).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Patrimonial.

b) Descripción: Contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda de diversos locales del inmueble sito en el complejo Gamonal-Hormigueras-González Dávila, de Madrid para su uso como locales de archivo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

3. Tipo de procedimiento:

a) Adjudicación directa al amparo del artículo 42 apartado e) en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

4. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: Orden de 28 de julio de 2025.

b) Fecha de formalización del contrato: 31 de julio de 2025.

c) Adjudicatario: Comunidad de bienes propietaria del inmueble con NIF número E-79067120 y que se halla compuesta por las mercantiles Inmobirent Aragón, S. L.; Ecofin, S. L; Adasa Inmuebles, S. L. y Stile Nuovo, S. L.

d) Importe de adjudicación:

— Importe neto: 2.034.648,00 euros.

— Importe IVA 21 %: 427.276,08 euros.

— Importe total: 2.461.924,08 euros.

5. Condiciones del contrato de arrendamiento:

a) Entrada en vigor: El contrato entra en vigor el día 1 de agosto de 2025.

b) Duración del arrendamiento: El plazo de duración del arrendamiento será de cinco (5) años a contar desde el 1 de agosto de 2025. Transcurrido el plazo de 5 años, el contrato de arrendamiento se podrá prorrogar por períodos anuales, hasta un máximo de 5 años más.

c) Renta mensual: La contraprestación se fija en:

— Desde el 1 de agosto de 2025, hasta el 31 de julio de 2027: treinta y dos mil cuarenta y nueve euros (32.049,00 euros).

— Desde el 1 de agosto de 2027, hasta el 31 de julio de 2029: treinta y cuatro mil ciento veintiséis euros con veinticinco céntimos (34.126,25 euros).

— Desde el 1 de agosto de 2029, hasta el 3 1 de julio de 2030: treinta y seis mil doscientos tres euros con cincuenta céntimos (36.203,50 euros).

En concepto de plazas de garaje:

— Desde el 1 de agosto de 2025, hasta el 31 de julio de 2030: doscientos euros (200 euros).

d) Gastos y tributos: Serán por cuenta de la Arrendadora todos los gastos generales o de comunidad que correspondan al objeto del presente arrendamiento.

Los gastos, servicios y suministros privativos del objeto arrendado, tales como suministros propios, consumos de agua, electricidad, mantenimiento privativo de PCI (extintores, detección, alarmas, y pulsadores de los locales) seguridad, limpieza y otros conceptos similares, no incluidos en el precio del arrendamiento, la Arrendataria satisfará los mismos directamente a sus respectivos proveedores o compañías suministradoras, que en lo posible contratará directamente; si los gastos de algunos de estos servicios o suministros fueran soportados por la Arrendadora, esta podrá repercutírselos a la Arrendataria en concepto de gastos en el recibo correspondiente del mes siguiente.

Serán por cuenta de la Arrendadora, los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios y otros tributos que graven la propiedad del objeto de arrendamiento durante la vigencia del presente contrato. Expresamente se especifica que será abonado por la Arrendadora el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Serán a cargo de la Arrendataria, todas las tasas, contribuciones, arbitrios y tributos que graven el uso del objeto de arrendamiento y, en particular, la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades.

e) Resto de condiciones: Serán las previstas en el contrato de arrendamiento.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2025.—La Directora General de Patrimonio y Contratación, Beatriz Martín de la Peña.

(03/14.405/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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