Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250724-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villa del Prado. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 22 de julio de 2025, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 04/2025, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, por acuerdo del Pleno de fecha 22 de julio de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en el Portal de Transparencia de esta Entidad ( https://transparencia.villadelprado.org ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Villa del Prado, a 23 de julio de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Belén Rodríguez Palomino.

(03/12.197/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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