Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2025

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250724-18

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

18
RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica la lista de seleccionados correspondientes al proceso de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de Arte Dramático en la Comunidad de Madrid, convocados por Resolución de 22 de enero de 2025.

La Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid, prevé en su base décima que el tribunal elaborará, ordenará y publicará por especialidad la lista de aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo, y la elevará al órgano convocante, resultando seleccionados aquellos aspirantes que, al ser ordenados según la puntuación del concurso, obtengan un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en la especialidad correspondiente y siempre que se obtenga una puntuación igual o superior a cinco puntos.

Así mismo la base 10.3 señala se publicará la relación de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo mediante resolución del Director General de Recursos Humanos, publicándose dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 22 de enero de 2025, por la que se convoca el procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Lista de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo

De acuerdo con la base 10.3 de la resolución de convocatoria, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la lista de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo distribuidos por especialidades, con indicación del número de orden obtenido en el procedimiento, de acuerdo con la puntuación alcanzada, así como dicha puntuación global.

Así mismo, la citada lista se publicará en el Portal de la Comunidad de Madrid, en la ruta establecida de conformidad con la base 7.1 de la resolución de convocatoria.

Segundo

Documentación a presentar por los seleccionados

Conforme a la base 10.4 de la resolución de convocatoria, los aspirantes deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aspirantes seleccionados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:

— Certificación u hoja de servicios: Los aspirantes seleccionados estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios, de la Dirección de Área territorial de la que dependan, para acreditar tal condición. En la certificación u hoja de servicios deberán figurar, de modo expreso el cuerpo y especialidad de la que son titulares, número de registro de personal y situación administrativa. Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el acceso en el cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas por no obrar en los expedientes personales de los interesados, estos deberán remitir separadamente los documentos que los acrediten.

— Declaración de Incompatibilidad: El modelo de dicha declaración se cumplimentará a través de la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2 de la resolución de convocatoria.

— Declaración responsable de no haber sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. El modelo de dicha declaración se cumplimentará a través de la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2 de la resolución de convocatoria.

— Todos los aspirantes que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el certificado personal de dicho Registro.

— Todos los aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han autorizado su consulta en los términos indicados en el apartado “Documentación requerida” de la solicitud, deberán aportar el Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Así mismo, los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta a países no pertenecientes a la Unión Europea, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, modificado por el Real Decreto 407/2024, de 23 de abril.

Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).

— Los aspirantes que hayan participado por la reserva para personas con discapacidad deberán presentar certificación de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o de la Administración General del Estado, en la que conste:

a) El grado de discapacidad (debe ser igual o superior al 33 por 100).

b) Cumplimiento de las condiciones de aptitud personal o capacidad funcional en relación con el desempeño de las tareas y funciones docentes propias de la especialidad que ha superado.

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base Segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del correspondiente cuerpo de catedráticos y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Tercera

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones de los Órganos de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Madrid, a 16 de julio de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/12.121/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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