Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2025

Sección 1.1.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250724-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

3
DECRETO 63/2025, de 23 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria Eduardo Capa en Arganda del Rey, el Instituto de Educación Secundaria Marcela de Ulloa en Colmenar de Oreja y el Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer en Moraleja de Enmedio, para el curso escolar 2025-2026.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que corresponde a la comunidad autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinadas localidades, hace necesario que la Administración educativa emprenda la creación de nuevos institutos de educación secundaria que permitan dar una respuesta adecuada a las necesidades de escolarización, en aquellos lugares donde concurre tal circunstancia. De este modo, se asegura la calidad de la oferta educativa y la proximidad del Instituto de Educación Secundaria al lugar de residencia de los alumnos.

Las necesidades de escolarización y la demanda de puestos escolares en los municipios de Arganda del Rey, Colmenar de Oreja y de Moraleja de Enmedio, así como la falta de un centro educativo sostenido con fondos públicos que ofrezca enseñanzas de Bachillerato en los municipios de Colmenar de Oreja y de Moraleja de Enmedio, aconsejan la creación de tres institutos de educación secundaria, en atención a un mejor aprovechamiento y eficiencia de los recursos y a una mejor disposición de la planificación de puestos educativos de las zonas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente.

Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

En el proceso de elaboración de este decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 23 de julio de 2025,

DISPONE

Primero

Creación de tres institutos de Educación Secundaria

1. Se crean los siguientes institutos de Educación Secundaria, en los municipios que se indican:

a) Instituto de Educación Secundaria Eduardo Capa, código 28082630, situado en avenida de Dublín, s/n, en Arganda del Rey.

b) Instituto de Educación Secundaria Marcela de Ulloa, código 28046285, situado en la calle Madrid, número 25, en Colmenar de Oreja.

c) Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer, código 28065632, situado en calle Madrid, número 53, en Moraleja de Enmedio.

2. El Instituto de Educación Secundaria Marcela de Ulloa, de Colmenar de Oreja, código 28046285, se crea por transformación de la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, código 28046285, adscrita hasta la fecha al Instituto de Educación Secundaria Carpe Diem, código 28040684, de Chinchón.

3. El Instituto de Educación Secundaria Gustavo Adolfo Bécquer, de Moraleja de Enmedio, código 28065632, se crea por transformación de la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, código 28065632, adscrita hasta la fecha al Instituto de Educación Secundaria África, código 28077907, de Fuenlabrada.

Segundo

Órganos de gobierno

1. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este Decreto, y a propuesta del titular de la Dirección de Área Territorial correspondiente, podrá efectuar los nombramientos de directores de acuerdo con lo establecido en el título V, capítulo IV, artículo 137, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se imparten enseñanzas escolares.

2. El claustro de profesores de los nuevos institutos de educación secundaria que se crean por transformación, se constituirá con el profesorado correspondiente de los centros de procedencia.

3. El proceso de elección y constitución del Consejo Escolar de los centros y sus restantes órganos de gobierno se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.

Tercero

Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid

El Instituto de Educación Secundaria Eduardo Capa, que se crea mediante el presente decreto, pasará a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Entrada en funcionamiento

Los centros que se crean entrarán en funcionamiento en el curso escolar 2025-2026.

Quinto

Habilitación

Se autoriza a la Consejería competente en materia de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de este decreto, debiéndose realizar las actuaciones que resulten procedentes en relación con el personal y las enseñanzas de estos centros.

Sexto

Producción de efectos

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de julio de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/12.229/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250724-3