Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2025

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250723-1

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

1
RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretario General del Pleno, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares mediante escrito de fecha 11 de junio de 2025 remite documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo, denominado “Secretario General del Pleno clase 1.a”, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Consta en el expediente: oficio de remisión; Propuesta de Concejalía Delegada de Recursos Humanos, de fecha 29 de mayo de 2025, a la Junta de Gobierno Local sobre la aprobación de la convocatoria y las bases que han de regir la provisión del puesto de Secretario General del Pleno, clase 1.a, por el sistema de libre designación; Certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de junio de 2025, por el que se aprueba la convocatoria y las bases para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de Secretario General del Pleno, clase 1.a, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares; bases que han de regir la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de Secretario General del Pleno, clase 1.a, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

De conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En uso de la competencia conferida a la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el artículo 13.4.k) del Decreto 229/2023 de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,

RESUELVO

Publicar las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Secretario General del Pleno, clase 1.a, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de mayo de 2025.

Madrid, a 8 de julio de 2025.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

ANEXO I

PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE RECURSOS HUMANOS DE FECHA 29 DE MAYO DE 2025, DIRIGIDA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, SOBRE LA APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

[…]

Primero

Aprobar la convocatoria y bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento, clase 1.a, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior, cuyo texto íntegro será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y que se adjuntan como anexo a la propuesta.

Segundo

Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid, y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a efectos de publicación de un extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, y demás que procedan.

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 6 DE JUNIO DE 2025, POR EL QUE SE APRUEBA LA PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE RECURSOS HUMANOS DE FECHA 29 DE MAYO DE 2025, DIRIGIDA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, SOBRE LA APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda aprobar la Propuesta presentada, con las consideraciones indicadas en los informes anteriormente indicados, procediendo remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid, y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a efectos de publicación de un extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, y demás que procedan; así como la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO II

BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

Primera

Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación previsto en los arts. 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y 45 a 47 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto de Secretaría General del Pleno, clase 1.a, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Segunda

Características del puesto

— Corporación Local: Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

— Denominación del puesto de trabajo: Secretaría General del Pleno, clase 1.a.

— Nivel de complemento de destino: 30.

— Complemento específico anual: 86.184,28 euros.

— Forma de provisión: Libre Designación.

— Grupo: A.

— Subgrupo: A1.

— Escala: Habilitación nacional.

— Subescala: Secretaría.

— Categoría: Superior.

Tercera

Requisitos

Para participar en la convocatoria y desempeñar el puesto de trabajo en caso de ser nombrado, es necesario que las personas aspirantes cumplan los siguientes requisitos, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

— Tener la condición de funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría Superior, Grupo de clasificación A1.

— No encontrarse incurso en ninguna de las situaciones que se recogen en los supuestos previstos en el artículo 36.2 a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Cuarta

Plazo y presentación de solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en el proceso se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado establecido al efecto, y que será facilitado por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares o mediante descarga de la solicitud en la página web municipal ( https://recursoshumanos.ayto-alcaladehenares.es/Tramites ) o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento/Trámites/Catalogo de Trámites/Ámbito de Recursos Humanos/Participación en procesos selectivos, haciendo constar en la instancia la denominación del puesto al que opta, así como que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria pudiendo ser presentadas:

— A través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares ( https:// sede.ayto-alcaladehenares.es ).

— Por cualquier otro medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En todo caso, el escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria.

Los interesados deberán dirigir su solicitud a la Alcaldía Presidencia, acompañando a la misma un breve currículum vitae, cuyos méritos y circunstancias se acreditarán en su caso fehacientemente a petición del Ayuntamiento por el candidato que resulte elegido.

Quinta

Procedimiento de provisión

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación dictará resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos que será expuesta en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.

La resolución del procedimiento se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato, valorándose especialmente la misma y su formación en el ejercicio de funciones directivas públicas locales, y de modo singular el desempeño, con la condición de Secretario de Administración Local de Categoría Superior, de puestos reservados a dicha subescala y categoría en municipios de gran población que tengan la consideración de órganos directivos según la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista, a cuyo efecto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.

Sexta

Resolución de la convocatoria y nombramiento

La Alcaldía Presidencia procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes.

La resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

De la resolución de la Alcaldía Presidencia se dará cuenta al Pleno y se trasladará a la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para su anotación en el Registro correspondiente y su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Séptima

Toma de posesión

Conforme a lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad, o de un mes, si se trata de puestos de trabajo en localidad distinta.

Octava

Normativa supletoria

En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será aplicable el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Novena

Recursos

Contra las presentes bases y convocatoria, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, de conformidad con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(03/11.570/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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