Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2025

Sección 1.2.103.80: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250617-2

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

PLANIFICA MADRID. PROYECTOS Y OBRAS, M. P., S. A.

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ANUNCIO de convocatoria de 6 de junio de 2025, para la provisión de un puesto de carrera de naturaleza laboral por el sistema de Libre Designación.

Se hace necesario proveer un puesto de carrera de naturaleza laboral en la empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, reservado a personal laboral indefinido de empresas públicas incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

La provisión del puesto, cuya característica figura en el Anexo I, se realizará mediante el procedimiento de Libre Designación previsto en los artículos 79 y siguientes del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 y el Anexo V del Convenio Colectivo.

Por ello, en virtud del artículo 74.4 del mencionado Convenio, se procede a la aprobación de las siguientes bases de convocatoria:

BASES DE CONVOCATORIA

Base primera

Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de carrera de naturaleza laboral que figura en el Anexo I.

Base segunda

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

Base tercera

Requisitos y condiciones de participación

1. Ostentar la condición de personal laboral indefinido de empresas públicas, incluidas en el ámbito de aplicación del citado Convenio Colectivo.

2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o sexual o por motivos particulares.

3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.

4. Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad a que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado.

5. Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas en el Anexo I.

6. Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso de cobertura.

Base cuarta

Plazo de presentación, solicitudes y documentación

1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La solicitud conforme al Anexo II se presentará a través del correo electrónico empleo@planifica.madrid .

2. Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite el perfil profesional y en todo caso:

— Certificado de cumplimiento de requisitos conforme al Anexo III de la convocatoria que deberá ir firmado por el representante legal o responsable de personal de la empresa pública en el que preste servicios.

— Certificado de Servicios prestados en empresas públicas de la Comunidad de Madrid: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el representante legal o responsable de personal de la empresa pública en la que haya prestados servicios.

— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el representante legal o responsable de personal de la empresa pública en la que preste o haya prestado servicios.

3. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación no reuniera los requisitos que se señalan en su artículo 66, se podrá requerir al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución.

4. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.

Base quinta

Sistema de provisión

El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, entre los candidatos que reúnan los requisitos y méritos establecidos en las presentes bases de convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Convenio Colectivo.

Base sexta

Adjudicación del puesto

El puesto convocado se adjudicará al candidato que, reuniendo los requisitos establecidos, sean elegidos libre y discrecionalmente por el órgano competente para la resolución.

La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El destino será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.

El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Base séptima

Recursos

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán los interesados interponer demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid.

Madrid, a 6 de junio de 2025.—El Consejero-Delegado, Pedro Corbalán Ruiz.









(01/9.227/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.80: I. COMUNIDAD DE MADRID

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