Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250527-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Parla. Régimen económico. Reglamento Control Interno

El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión celebrada el día 14 de mayo de 2025, aprobó de forma definitiva, el proyecto de reglamento de control interno del Ayuntamiento de Parla.

Con las siguientes modificaciones:

Artículo 8. Comunicaciones, recomendaciones, instrucciones y circulares.—Pto. 3. Se añade “Se deberá informar al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre”.

Art. 19. Procedimiento para la resolución de discrepancias.—Pto. 19.1. Se sustituye por el siguiente tenor literal: “El Órgano Gestor podrá solicitar la discrepancia por escrito, con expresión de los preceptos legales en los que sustente su criterio en el plazo de 15 días desde la recepción del reparo.

Las discrepancias se plantearan al presidente o al presidente de la Corporación Local según corresponda, y en su caso, deberá ser incluido en un punto independiente, en el orden del día de la siguiente Sesión Plenaria.

La resolución de la discrepancia por parte del presidente o el Pleno será indelegable, deberá recaer en el plazo de 15 días y tendrá naturaleza ejecutiva”.

Pto. 19.4. Donde consta “El alcalde podrá presentar” debe constar “El alcalde presentará”.

El Reglamento de referencia se halla expuesto al público en la sede electrónica del Ayuntamiento de Parla, entrando en vigor al día siguiente de la publicación de las citadas modificaciones.

En Parla, a 15 de mayo de 2025.—El concejal-delegado del Área de Recursos Humanos, Economía, Hacienda, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía, Andrés Correa Barbado.

(03/7.637/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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