Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2025

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250401-36

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO del Acuerdo de 24 de marzo de 2025, de la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la I Edición del programa Santander X Spain Awards: Proyectos Emprendedores Universitarios y Sturtup Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/822398 ).

BDNS: 822398

Primero

Beneficiarios

Tendrán la condición de candidatos y, por tanto, podrán optar a ser premiados quienes cumplan con al menos uno de los siguientes requisitos:

a) Los emprendedores o equipo de emprendedores universitarios donde al menos un miembro del equipo sea estudiante de la UCM.

b) Los equipos donde al menos uno de sus miembros esté en posesión de un título universitario con una antigüedad máxima de cinco (5) años desde su graduación, en la UCM y hasta la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

c) Al menos un miembro del equipo deberá ser personal docente o investigador en la UCM (en adelante, PDI).

d) Al menos un miembro del equipo deberá tener una vinculación formal con la UCM, como personal técnico de gestión, administración y servicios (en adelante, PTGAS).

Adicionalmente y en todo caso, al menos un miembro del equipo deberá tener:

— Residencia en España.

— Un nivel avanzando de inglés.

Las candidaturas podrán estar promovidas tanto individualmente como por equipos, siendo necesario nombrar un representante o apoderado único, con capacidad para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, se han establecido en la presente convocatoria.

Será condición ineludible que al menos un miembro del equipo candidato esté registrado en la Plataforma Santander X, http://www.santanderx.com , e inscrito en el programa que gestiona estos premios, requisito que Compluemprende comprobará de oficio, previa autorización del interesado.

Deberá consultarse en la convocatoria publicada en el BOUC (“Boletín Oficial de la Universidad Complutense”) los requisitos específicos para participar.

Segundo

Objeto

Regular la concesión de premios para reconocer y potenciar los mejores proyectos emprendedores universitarios que se encuentren en fase de validación para el lanzamiento en el mercado y a las mejores startups y spin offs universitarias, constituidas legalmente en España, de base tecnológica o de conocimiento y que tengan una solución innovadora y disruptiva en fase de aceleración.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria seguirá el Reglamento por el que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Subvenciones por la Universidad Complutense de Madrid, aprobadas en el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2024 y por el Consejo Social el 10 de mayo de 2024 (“Boletín Oficial de la Universidad Complutense” de 17 de mayo).

Asimismo, todas las fases del procedimiento, así como el contenido íntegro de la convocatoria, podrán consultarse en https://www.ucm.es/compluemprende/sxs-awards-proyectos-startups-ucm

Cuarto

Cuantía

La convocatoria está dotada con un importe máximo de 18.000,00 euros. Los premios tendrán una cuantía de 2.000,00 euros para la Mod. I Proyectos Emprendedores Universitarios y 4.000,00 euros para la Mod. II Startup Universitaria.

Quinto

Modo y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes (disponibles en https://www.ucm.es/compluemprende/sxs-awards-proyectos-startups-ucm ) deberán presentarse de forma electrónica hasta el 22 de abril de 2025, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Otros datos

A la solicitud deberá acompañarse, el formulario de solicitud, un documento explicativo o resumen ejecutivo (según el caso) entre otra documentación especificada en la convocatoria completa.

Madrid, a 24 de marzo de 2025.—La Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por delegación del Rector según Decreto Rectoral 4/2025, de 10 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo de 2025), María Concepción García.

(03/4.754/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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