Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241122-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

URBANISMO

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Cubas de la Sagra. Urbanismo. Expropiación

El Pleno municipal del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de octubre de 2024, aprobó por siete votos a favor (PP) y tres abstenciones (PSOE):

“Primero.—Aprobar inicialmente la relación, obrante en el expediente, de los bienes cuya ocupación o disposición se considera necesaria a los efectos de expropiación forzosa, por el procedimiento de urgencia regulado en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa.

Segundo.—Hacer pública la relación de bienes o derechos junto con los nombres de los propietarios o de sus representantes y abrir trámite de información pública, por plazo de quince días, mediante anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de difusión, en la sede electrónica de este Ayuntamiento, y en el tablón de anuncios del mismo, con notificación individual a los interesados, a fin de que los titulares de derechos afectados por la expropiación puedan presentar cuantos datos pudieran permitir la rectificación de errores padecidos en la referida relación, u oponerse motivadamente a la ocupación de aquellos.

Tercero.—En caso de que no se produjeran alegaciones, se considerará aprobada definitivamente aquella relación e iniciado el expediente expropiatorio; y de producirse, emítase informe técnico sobre las mismas.

Cuarto.—Remitir el expediente de referencia al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma para que declare urgente la ocupación de los bienes afectados por la expropiación”.

Se ha procedido a encargar el levantamiento topográfico de la zona por un técnico topógrafo ajeno al ayuntamiento; dicho técnico elabora el plano topográfico en coordenadas UTM dejando la alineación georreferenciada de manera inequívoca con dos rectas que unen la siguiente tabla de coordenadas:

Hay que indicar que la zona de dominio público que establece la Ley 3/1991, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, es de 3 metros desde la arista de explanación y que actualmente la alineación definida se superpone sobre el dominio público, ocupado parcialmente según plano topográfico por la parcela objeto del informe.

La alineación será la suma de las dos líneas que unen los tres puntos georreferenciados y el área a ceder según indica el plano topográfico es de 632,01 m2 de los cuales 213,41 m2 corresponden la zona de dominio público que actualmente está ocupando la parcela y 418,60 m2 a la parcela objeto de la necesidad de ocupación.

Según catastro la finca actual tiene una superficie de 2.768 m2, con un coeficiente de edificabilidad de 0,60 con una edificabilidad total de 1.660,80 m2.

La superficie afecta tiene una superficie aproximada de 632,01 m2, sin edificabilidad, quedando la superficie de la parcela final en 2.135,99 m2 y una edificabilidad total igual a la actual 1.660,80 m2. Por consiguiente, no existe variación de edificabilidad total de la actuación.

El suelo objeto de la necesidad de ocupación no dispone de edificación alguna, quedando las edificaciones existentes en la finca actual.

— Cargas o gravámenes: se desconoce.

— Destino del bien: dominio público.

Relación de propietarios:

— Datos de la titularidad del bien:

• Nombre titular: Panuko Interiorismo, S. L.

• NIF: B-86866746.

En Cubas de la Sagra, a 30 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.

(02/17.709/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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