Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2024

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241024-35

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de la subestación 132/15 kV ST Valdecarros (USE273) en Urbanización Desarrollo del Este - Valdecarros, Distrito de Vallecas, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. (número expediente: 2022P914 - 14-0141-00914.2/2022).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 10 de noviembre de 2022 y referencia 10/869825.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por M.a Isabel López Ferrer, con número de colegiado 17566 del COIIM.

Con fecha 9 de octubre de 2023 y referencia 30/026099.9/23, se recibe anexo de modificación al proyecto, firmado por el citado proyectista.

Segundo

Con fecha 19 de julio de 2023 y referencia 10/750730.9/23, a la vista de la documentación enviada al Área de Evaluación Ambiental, dicho organismo indica la necesidad de incorporar información complementaria relativa a las líneas eléctricas que tienen inicio y fin en la subestación objeto de proyecto. Con fecha 25 de marzo de 2024, se le da traslado al Área de Evaluación Ambiental de la información requerida, aportada por UFD Distribución Electricidad, S. A.

Tercero

Con fecha 8 de julio de 2024 y referencia 10/604962.9/24, a la vista del informe técnico del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental, se emite informe por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 9.52/23), en el que se resuelve la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Cuarto

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la subestación 132/15 kV ST Valdecarros, en urbanización Desarrollo del Este - Valdecarros, Distrito de Vallecas, en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192, de 13 de agosto de 2024).

Quinto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Madrid y Canal de Isabel II.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Canal de Isabel II.

Con fecha 2 de septiembre de 2024, se ha recibido informe del Ayuntamiento de Madrid, por parte de la Subdirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, durante el plazo de información pública, en el que expone una serie de condicionantes y medidas correctoras durante la ejecución del proyecto. Con fecha 20 de septiembre de 2024, UFD Distribución Electricidad, S. A., contesta aceptando todos los puntos requeridos.

Sexto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la construcción de la subestación 132/15 kV ST Valdecarros (USE273) en urbanización Desarrollo del Este-Valdecarros, Distrito de Vallecas del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:

— X - 446649; Y - 4467025.

Consta de un parque blindado de 132 kV, dos transformadores de potencia 132/15 kV de 30 MVA y un parque blindado de 15 kV. Se contempla el espacio para su posible ampliación mediante un transformador de potencia y el espacio para posiciones adicionales en los parques de 132 kV y de 15 kV. De este modo, estará compuesta por:

— Sistema de 132 kV: configuración en doble barra, realizado mediante celdas con envolvente metálica y aislamiento SF6 para interior, compuesta por:

• Dos (2) posiciones de línea.

• Dos (2) posiciones de transformador de potencia, T-I y T-II.

• Una (1) posición de medida de tensión de barras sin interruptor.

• Una (1) posición de acoplamiento transversal de barras.

— Transformación: Dos (2) transformadores de potencia (T-I, T-II) 132/15 kV de 30 MVA, de instalación en exterior, en baño de aceite, conexión YNyn0, con regulación en carga y refrigeración natural (ONAN).

— Sistema de 15 kV: configuración en doble barra, realizado mediante celdas con envolvente metálica y aislamiento SF6 para interior, compuesta por:

• Diez (10) posiciones de línea.

• Dos (2) posiciones de transformador de potencia, T-I y T-II.

• Una (1) posición de medida de tensión de barras sin interruptor.

• Dos (2) posiciones de alimentación a transformador de servicios auxiliares (T-I/SS.AA y T-II/SS.AA).

• Una (1) posición de acoplamiento transversal de barras.

— Otros elementos: Se instalarán dos (2) transformadores para los servicios auxiliares de características nominales 15.000/420 V 160 kVA y regulación de tensión en vacío.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Cuarto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho (SEA 9.52/23).

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 25 de septiembre de 2024.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/16.291/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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