Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2023

Sección 1.4.30.11: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230816-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

AGENCIA MADRILEÑA PARA EL APOYO A LAS PERSONAS ADULTAS CON DISCAPACIDAD

3
ADENDA de 20 de junio de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (Amapad) y Plena Inclusión Madrid, para la adaptación de los apoyos prestados a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

REUNIDOS

De una parte, D. Óscar Álvarez López, con DNI número ***403***, actuando como Director de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (en adelante Amapad), con CIF Q-7855026-F, conforme a las facultades que le confiere el artículo 21, apartado 1.g), de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de Creación de la Mencionada Agencia.

Y de otra, D. Tomás Ángel Sancho Marco, con DNI ***673***, en calidad de Presidente de Plena Inclusión Madrid Organización de Entidades a Favor de Personas con Discapacidad Intelectual de Madrid (en adelante Plena Inclusión Madrid), actuando en nombre y representación de la entidad según escrituras de protocolización de acuerdos y de elevación a público de acuerdos sociales, otorgadas ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Luis Maíz Cal, el 29 de septiembre de 2022, con el número de protocolo número 2568.

EXPONEN

Primero

La Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos (AMTA) suscribió, con fecha 22 de junio de 2022, un convenio de colaboración con Plena Inclusión Madrid para la adaptación de los apoyos prestados a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

La Ley 1/2023, de 15 de febrero, de Creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (Amapad), recoge en su artículo 1.1 que esta se subroga en todas las relaciones jurídicas, materiales y procesales en las que fuera parte la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

El desarrollo del convenio de colaboración suscrito entre la AMTA (actual Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad) y Plena Inclusión Madrid el 22 de junio de 2022 ha permitido hasta el momento, como principales resultados, la participación de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y profesionales expertos en accesibilidad cognitiva de Plena Inclusión Madrid en el diseño y adaptación de los formatos y documentos de la nueva Agencia, incluida la versión en lectura fácil de su Ley de creación y de las preguntas frecuentes que se proporcionan a través de la página web, así como el asesoramiento en accesibilidad cognitiva para el desarrollo de contenidos y funcionalidades de la aplicación informática que se pondrá en marcha para la comunicación y participación efectiva de las personas con discapacidad con medidas de apoyo.

A su vez, desde Plena Inclusión Madrid se ha formado a un grupo de empleados públicos de la Amapad en la elaboración de textos en lectura fácil y se ha participado en fomentar la visibilidad de los facilitadores para la participación de las personas con discapacidad en el ámbito judicial.

También se ha prestado asesoramiento a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, sus familias y profesionales, sobre el nuevo proceso de provisión de medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica según la Ley 8/2021, de 2 de junio.

Tercero

Que durante los próximos meses está previsto el desarrollo reglamentario de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de Creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, incluyendo la creación de una comisión de participación de personas con medidas de apoyo o la aprobación de un código de buenas prácticas que incorpore la visión de las personas con discapacidad, así como el desarrollo del nuevo modelo de intervención basado en el sistema de apoyos que tiene entre sus principios garantizar la accesibilidad que permita la participación y mayor autonomía de las personas con discapacidad en su proyecto vital.

La Amapad presta apoyo a un número muy elevado de personas discapacidad intelectual o del desarrollo, siendo una prioridad en el nuevo paradigma que imprime el espíritu de la nueva Agencia y la propia Ley 8/2021, de 2 de junio, su participación activa y la identificación de su voluntad, deseos y preferencias.

De esta forma, resulta imprescindible que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo participen activamente en el diseño y desarrollo de la nueva Agencia y en la adecuación de sus instrumentos de información y comunicación para hacerlos accesibles.

Cuarto

Que la cláusula séptima del convenio suscrito entre la AMTA (actual AMAPAD) y Plena Inclusión Madrid prevé la posibilidad de prórroga por el plazo máximo de un año, mediante formalización por escrito, si así lo acuerdan las partes antes de la finalización de la vigencia, prevista para el 21 de junio de 2023.

Quinto

Que todas las partes, valorados los resultados obtenidos, proponen la prórroga del citado convenio.

CLÁUSULAS

Primera

Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio suscrito con fecha 22 de junio de 2022 por el plazo de un año, desde el 22 de junio de 2023 hasta el 21 de junio de 2024.

Segunda

La Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad aportará a Plena Inclusión Madrid una cantidad total de 10.000 euros, IVA incluido.

Dicho importe será imputado al código “6572541”, Convenios con Instituciones sin Fin de Lucro. 5.000 euros al presupuesto de 2023 y 5.000 euros al presupuesto de 2024 de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad y será ingresado en la cuenta: ES18 0182 6348 69 0011505900 de la siguiente forma:

— 5.000 euros en el mes de diciembre de 2023.

— 5.000 euros en el mes de mayo de 2024. Esta cantidad podrá minorarse en función de la acreditación de los gastos realmente efectuados.

De dicho importe, 9.000 euros se destinarán para sufragar gastos del personal necesario para el desarrollo del proyecto. Este importe se destinará a personal de Plena Inclusión Madrid, y participantes necesarios para el desarrollo de actividades: técnicos, formadores, adaptadores y validadores.

Y 1.000 euros se destinarán a gastos generados para la consecución de las actividades del convenio. Estos gastos incluirán, entre otros, gastos inherentes a las actividades (material para difusión y actividades divulgativas, transporte), y gastos de gestión y mantenimiento.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo.

En Madrid, a 20 de junio de 2023.—Por la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, el Director, Óscar Álvarez López.—Por Plena Inclusión Madrid, el presidente, Tomás Ángel Sancho Marco.

(03/13.675/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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