Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2023

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230704-34

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la modificación del artículo 22 de los Estatutos del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo previsto en la Orden de 16 de junio de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en funciones, se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la modificación del artículo 22 de los estatutos del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Comunidad de Madrid, aprobada en Junta General Extraordinaria de 17 de octubre de 2020, ratificándose la misma por el Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en sesión celebrada el 15 de abril de 2023.

Dicha modificación, inscrita con fecha 19 de junio de 2023 en el Registro de Colegios Profesionales, se acompaña como Anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 20 de junio de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.

ANEXO

MODIFICACIÓN PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE LICENCIADOS EN EDUCACIÓN FÍSICA Y EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Único

Se modifica el artículo 22, quedando redactado en los siguientes términos:

“Artículo 22.

1. El gobierno del COLEF y CAFD de Madrid se establece sobre los principios de democracia y autonomía, y será regido por la Junta de Gobierno y por la Junta General.

2. La Junta de Gobierno estará constituida, por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y el número de vocales que resulten a razón de un vocal por cada 500 colegiados o fracción final”.

(03/10.998/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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