Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
06-10-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221006-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cadalso de los Vidrios. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 19 de agosto de 2022, aprobó inicialmente el expediente de la modificación de crédito 11/2021 del presupuesto de 2021, prorrogado de 2017, en las modalidades de créditos extraordinarios/suplementos con cargo a remanente líquido de Tesorería y mayores ingresos, así como la de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área, de competencia del Pleno.

Sometido el acuerdo al trámite de información pública, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto de 2022, y no habiéndose presentado reclamaciones dentro de plazo, se eleva automáticamente a definitivo el acuerdo inicial.

Lo que se hace público para general conocimiento, a los efectos del artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, insertándose el resumen de las modificaciones por capítulos del presupuesto, según el siguiente detalle:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Cadalso de los Vidrios, a 26 de septiembre de 2022.—El teniente de alcalde en funciones de alcalde, Diego Merchán Santillán.

(03/18.729/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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