Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
21-09-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220921-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

URBANISMO

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San Agustín del Guadalix. Urbanismo. Estudio detalle

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha 1 de septiembre de 2022 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 61.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar definitivamente la modificación del Estudio de Detalle de la parcela industrial sita en la Autovía A-1, punto kilométrico 33,600, polígono industrial “Sur”, de las NN. SS. vigentes de este municipio, promovido por D. José Luis López Mariscal, representante de López Real Inversiones 2021, S. L., en representación de Toyota, S. L. U., y que fue aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 28 de octubre de 2021 y sometido a información pública a partir de publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275/2021, de 18 de noviembre, sin que se formulasen reclamaciones o alegaciones contra el mismo».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001 citada; artículo 140.6 del Reglamento de Planeamiento aprobado por el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, y artículo 124.1 del texto refundido de la Ley del Suelo de 1992, significándose que el acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo, potestativamente, recurso de reposición ante el propio órgano que ha adoptado el acuerdo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar ambos recursos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el supuesto de interposición de recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o su desestimación presunta; en el primero de estos supuestos el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al que se reciba la notificación y en el segundo, en el de seis meses a contar desde el siguiente día en que deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.

San Agustín del Guadalix, a 7 de septiembre de 2022.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.

(02/17.561/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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